Imagen referencial. En Ambato, el conductor de un bus fue sentenciado a un año y ocho meses de prisión por abusar sexualmente de una pasajera, que llevaba a su hija en brazos. Foto: Archivo/ EL COMERCIO
El conductor de un bus de transporte urbano de Ambato, William P., fue sentenciado este jueves 22 de agosto del 2019, por haber abusado sexualmente de una mujer, que viajaba a bordo de la unidad en donde el procesado laboraba.
Según informó la Fiscalía en un comunicado, el Juez de Garantías Penales de Ambato acogió las pruebas presentadas por el fiscal Eduardo Viteri, durante la audiencia de procedimiento directo y declaró culpable a William P.
El hecho se registró la tarde del miércoles 14 de agosto. Ese día, una mujer que llevaba a su hija en brazos subió a la unidad de transporte público para dirigirse a su hogar en Huachi El Progreso, de la ciudad de Ambato. El parte policial señaló que en el bus no había más pasajeros y que el conductor, identificado como William P., se dirigió a un lugar desolado.
Allí, según la denuncia, el hombre tocó las partes íntimas de la mujer, pese a la resistencia, e intentó besarla. La víctima se defendió y el procesado mordió su labio y presionó con fuerza su busto. Minutos después, el conductor habría optado por seguir con su recorrido normal, señala la Fiscalía.
La mujer logró bajar de la unidad de transporte y llamó al ECU 911 Ambato. Posteriormente, un grupo de agentes de la Policía Nacional capturó a William P.
La diligencia judicial en contra de William P. se convirtió en una audiencia de procedimiento abreviado, después de que el conductor “reconoció haber cometido el delito“, dijo la Fiscalía.
El fiscal Viteri presentó como pruebas de la acusación el parte policial, el informe del reconocimiento del lugar de los hechos, el examen médico-legal, que concluye que la víctima presenta un trauma por golpe de presión en el labio y seno; informe psicológico, así como el informe pericial de audio y video, en el que se observa que el agresor toca a la víctima.
El Juez de Garantías Penales de Ambato, tras acoger los elementos del Fiscal, dictó sentencia de un año y ocho meses de cárcel en contra de William P., luego de que el procesado se acogiera al procedimiento abreviado.
El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “La persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona, un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años”.
Sin embargo, el acusado se acogió al procedimiento abreviado que, según el artículo 635 del COIP se aplicará cuando existen “infracciones sancionadas con pena máxima privativa de libertad hasta diez años” y cuando “la persona procesada consienta expresamente tanto la aplicación de este procedimiento como la admisión del hecho que se le atribuye”.
El Magistrado también dispuso que el sentenciado pague una multa de tres salarios básicos (USD 1 182) y, como reparación integral a la víctima, la cancelación de cuatro salarios básicos (USD 1 576).