El nuevo Código Penal entró en vigencia en agosto del año pasado y las primeras audiencias se llevaron a cabo en Quito. Foto: Archivo/EL COMERCIO
La piratería de música y películas centró el debate. ¿Es justo que se persiga y encarcele a los comerciantes de productos audiovisuales? ¿Debe ser una contravención o un delito? Los legisladores creen que es un “tema complejo y merece análisis”.
Por más de cuatro horas, los asambleístas discutieron ayer en primer debate el paquete de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), un cuerpo legal que tiene menos de un año de vigencia y que ahora se proponen mejorar.
Uno de los cambios es el relacionado con la piratería. Según la propuesta, se debe castigar a quienes falsifiquen marcas y vendan mercadería sin licencia que afecte los derechos de autor o la propiedad intelectual.
Cuando se aprobó el actual Código se derogaron las sanciones que estaban incluidas en la Ley de Propiedad Intelectual. Ahora se propone una sanción de 31 a 45 días de prisión y multas económicas de hasta USD 100 300 para quienes copien marcas o comercialicen CD de música y video.
“Esta es una medidas desproporcionadas”, aseguraron ayer en el bloque de Alianza País. Incluso cuestionaron al Ministerio de Comercio Exterior por remitir esa propuesta.
¿Por qué se decidió entonces incluir esta polémica reforma? Esa Secretaría de Estado argumentó que hay acuerdos suscritos entre Ecuador y la Organización Mundial del Comercio que obligan al país a tipificar la piratería como delito.
Este ‘vacío legal’ tuvo repercusiones a escala internacional. La semana pasada, Estados Unidos incluyó a Ecuador en una “lista negra” de naciones con falencias en la protección de los derechos de autor.
Pero el artículo, tal y como está redactado actualmente, generará un “combate injusto y direccionado hacia los pequeños comerciantes de películas y música piratas que están en las calles”, denunció el legislador Luis Tapia (Independiente). “Como ocurre con el tráfico de drogas. No se identifican los grandes capos, se enfocan únicamente en las mulas”.
Según cifras oficiales, al menos 450 000 personas se dedican a esta actividad en el país (68% mujeres). De ahí que la propuesta es graduar las penas según la gravedad del delito. Es decir, mayor castigo a los grandes falsificadores y a aquellos distribuidores de piratería.
Uso de drogas y accidentes
El fiscal general del Estado, Galo Chiriboga, propuso este cambio a los asambleístas. El funcionario pidió endurecer la sanción para los conductores que manejen bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes y provoquen accidentes en los que solo se reporten daños materiales.
Actualmente, estos conductores son sancionados con multas de hasta cuatro salarios básicos y pérdida de 9 puntos a la licencia.
Ahora, el planteamiento es que este tipo de infracción sea un agravante y reciba el máximo castigo. Y se añadirá otro 50% de esa pena.
La vigente legislación penal tiene la misma condena para quien provoque siniestros viales en estado etílico o sobrio. Por eso, en la propuesta se dice que es necesario diferenciar.
Límites para la conciliación
El Código Integral Penal vigente permite a los procesados por delitos de tránsito llegar a un acuerdo con las víctimas. Ese recurso se lo conoce como conciliación. Pero la norma prohíbe utilizar este mecanismo cuando en un siniestro vial hay fallecidos.
La reforma, también propuesta por Galo Chiriboga, delimita aún más el uso de este recurso. No se podrá llegar a una conciliación si hay heridos con lesiones graves que les provoquen incapacidad permanente, pérdida o “inutilización de algún órgano”.
Datos de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) refieren que el año pasado se registraron 27 668 heridos por accidentes viales a escala nacional. Al primer trimestre de este año suman 5 937 heridos. Solo en marzo hubo 2 023.
Violencia en la familia
El paquete de reformas al COIP incluye un cambio en las reglas para juzgar la violencia contra la mujer o “miembros del núcleo familiar”. Actualmente, la ley penal permite a las personas que incurren en este tipo de violencia presentar en los despachos judiciales certificados de honorabilidad o laborales para acceder a un juicio expedito. Este es un procedimiento en el cual el caso se resuelve en una sola audiencia. La reforma plantea eliminar este recurso para los que incurran en violencia familiar.
Con esto, los supuestos responsables deberán ir a un juicio normal, que implica más tiempo (hasta tres meses).
En el 2014, el Ministerio del Interior señaló que seis de cada 10 mujeres en Ecuador han denunciado de agresiones físicas, sexuales o psicológica.
La piratería será un delito
El Código Penal no criminaliza la piratería. Sin embargo, los convenios que Ecuador mantiene con la Organización Mundial del Comercio obligan al país a tipificarla como delito.
Según la propuesta, la persona que fabrique o venda mercancías falsas (ropa, películas, música, libros) será sancionada con prisión de 31 a 45 días y multas que pueden ir hasta las 295 remuneraciones básicas.
Esas sanciones económicas se valorarán según la cantidad de mercadería confiscada en los operativos. En la reforma se aclara que las multas se aplicarán cuando los productos superen los USD 50 000.
Esto provocó cuestionamientos entre los legisladores. “Habrá prisión para todos los comerciantes y multas para unos pocos”, dijo Luis Fernando Torres, de Creo.
Nueva regla para peculado
En la propuesta reformatoria hay dos artículos relacionados con el peculado. En el primero se pide que una acción penal por este delito se pueda iniciar a través de informes de supervisión que efectúan los órganos de control y que se remiten a la Fiscalía, aun cuando los recursos sean privados.
En el segundo artículo se pide excluir del procedimiento directo “las infracciones contra la eficiente administración pública, delitos contra la inviolabilidad de la vida e integridad y libertad personal con resultado de muerte”.
El juicio directo es un recurso que se utiliza en delitos flagrantes sancionados con penas de hasta cinco años de prisión o los robos que no superen los 30 salarios básicos. Estas diligencias se resuelven en una sola audiencia.