La circulación de vehículos en Ecuador y Colombia, con trabas

En el puente de Rumichaca, Juliet Rengifo ofrece el SOAT a los conductores ecuatorianos que cruzan a Colombia. Foto: Alvaro Pineda para EL COMERCIO

En el puente de Rumichaca, Juliet Rengifo ofrece el SOAT a los conductores ecuatorianos que cruzan a Colombia. Foto: Alvaro Pineda para EL COMERCIO

En el puente de Rumichaca, Juliet Rengifo ofrece el SOAT a los conductores ecuatorianos que cruzan a Colombia. Foto: Alvaro Pineda para EL COMERCIO

Unos 200 automóviles con placas de Colombia permanecen retenidos en los patios de la base de Yahuarcocha (Imbabura), del Cuerpo de Vigilancia Aduanera (CVA).

La mayoría son vehículos que ingresaron a Ecuador por turismo, pero que cometieron infracciones aduaneras. Así explica un vigilante de esta unidad ubicada en Ibarra.

Durante agosto, uno de los meses de mayor movimiento turístico en los dos países, los controles sorprenden a más de un viajero que cruza la frontera en un automotor.

De acuerdo con el Convenio de Esmeraldas de 1990, los conductores de los vehículos pueden circular libremente por la zona de integración fronteriza del país vecino.

Es decir, por Esmeraldas, Carchi, Sucumbíos e Imbabura, en Ecuador, y los departamento de Nariño y Putumayo, en Colombia. Para ello, necesitan llevar la licencia de conducir y matrícula del vehículo, señala el acuerdo binacional.

Sin embargo, esta norma se aplica únicamente en el municipio de Ipiales (Colombia) y en el cantón Tulcán (Carchi).

Cuando superan estas zonas las autoridades de los dos países adoptan medidas, tomando en cuenta su campo de acción y no los acuerdos binacionales.

Esto sucede porque el turismo, por ejemplo, no es un eje transversal en todas las políticas fronterizas, explica Diego Vivero, exvicepresidente de la Federación de Cámaras de Turismo del Ecuador.

Así en Colombia no pueden transitar los vehículos ecuatorianos sin placas, así sean nuevos. Esta omisión es considerada como una falta, que se sanciona con la retención.

Igualmente, los conductores ecuatorianos que avancen más allá de Ipiales tienen que portar el Seguro de Accidentes de Tránsito (SOAT), de Colombia. En el puente de Rumichaca se vende este documento, al igual que en tiendas y centros comerciales de esa localidad.

Cuando no se cumple con este último requisito el automotor es retenido y conducido a los patios de la Secretaría General de Tránsito, en la ciudad de Pasto o de Ipiales.

La multa es de 822 000 pesos (USD 254). Pero si el propietario cancela en cinco días hábiles debe pagar el 50%.

En Ecuador se considera una falta aduanera si el conductor de un automotor no es el propietario del vehículo. En ese caso debe portar una autorización notariada del dueño, para que el carro no sea retenido. Por esa infracción, la multa asciende a USD 195.

Otro inconveniente frecuente sucede cuando los automotores extranjeros superan el límite de la zona de integración y se internan en Ecuador, sin llevar la Declaración Juramentada de Turista (DJT) .

También es una infracción si rebasa el tiempo autorizado para visitar el país, que generalmente es de 90 días. En ambas situaciones, la sanción económica es de un Salario Básico Unificado (USD 394) por día. “Son sanciones drásticas, que contravienen los esfuerzos de hermanamiento que realizan los gobiernos”, señala Hugo Enríquez, cónsul de Colombia en Tulcán.

Hace tres meses él se reunió con la Directora del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (Senae) y expuso el caso de los carros retenidos.
Luego, desde Quito, le solicitaron una matriz detallada de cada caso. Enríquez asegura que se entregó la documentación, sin embargo, hasta el momento espera resultados.

María Alejandra Muñoz, directora de la Aduana, en una entrevista a la Revista Líderes, explicó que el DJT es un documento de exoneración de impuestos. Es decir, que sin ese papel un vehículo encontrado en el interior del país se trata como un caso de contrabando.

La Senae también detectó situaciones de conductores de autos que declararon el ingreso, pero no la salida. Eso hace suponer que el vehículo colombiano sigue en Ecuador y ha incumplido el plazo autorizado para visitar el país.

Entre los carros, de placas de Colombia, retenidos hay algunos que llevan cinco años. Varios propietarios han presentado los papeles solicitados y han contratado abogados para intentar recuperar los autos.

Estos trámites se realizan en Tababela, en el Aeropuerto de Quito, a donde pertenece administrativamente el distrito de Yahuarcocha.

Según el diplomático, hace falta reciprocidad del lado ecuatoriano para solucionar infracciones aduaneras. Como ejemplo, señala, que mientras Ecuador no ha devuelto ni un solo automóvil, en lo que va de este año Colombia repatrió 104 camiones, de placas ecuatorianas, que estaban retenidos por circular en la nación vecina sin todos los requisitos exigidos.

Uno de eso casos es el de un conductor ecuatoriano que llevaba sábila, sin un permiso de carga. Este acuerdo, que no incluye a vehículos implicados en contrabando, se firmó entre la Senae y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN).

Hugo Enríquez y Diego Vivero coinciden en que hace falta más información a los dos lados de la frontera.

Tome en cuenta

Los autos ecuatorianos que visitan el municipio de Ipiales (Colombia) no necesitan el Seguro de Accidentes de Tránsito (SOAT). Pero si se viaja al interior de ese país se debe adquirir el papel.
El SOAT de Colombia se ofrece en el puente de Rumichaca o en los centros comerciales. Ese documento cuesta entre USD 16 y 80, dependiendo del tiempo de vigencia del SOAT (hay desde un mes), además del cilindraje y año del vehículo.
Los conductores colombianos que viajan por turismo deben realizar la Declaración Juramentada de Turista en las oficinas de Aduana, de Ecuador, en Rumichaca. El trámite es gratuito. Se necesita cédula de identidad o pasaporte y la matrícula del automotor.
Ecuador y Colombia suscribieron un acuerdo para regular el tránsito de personas, vehículos y carga el 14 de octubre de 1977, en Quito. Este documento fue reformado mediante el Convenio de Esmeraldas, que fue firmado el 18 de abril de 1990.

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