El 27 de abril, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador emitió un documento a favor del colombiano Danilo Nieves Meza, narcotraficante detenido en el ex penal García Moreno de Quito.
El 28 de abril, en la Intendencia de Policía de Pichincha se realizaba una audiencia para analizar la deportación del extranjero a Colombia. Pero este presentó, como prueba a su favor, un certificado de la Cancillería.Ese documento señalaba que Nieves había pedido asilo al Gobierno de Ecuador. Según el texto, esa solicitud ha sido conocida por la Dirección Nacional de Refugiados. “El ciudadano Nieves Meza Danilo Javier, de nacionalidad colombiana, se encuentra registrado en la base de datos de la Oficina de Refugiados de esta Cancillería como solicitante de asilo”, reza en el certificado.
En tal virtud, “el ciudadano está temporalmente en nuestro país bajo el amparo de las leyes nacionales e instrumentos jurídicos internacionales suscritos por el Ecuador sobre esta materia”.
La intendenta de Pichincha, Lourdes Garcés, había abierto un expediente de deportación en contra de Nieves, porque este se encontraba indocumentado en Ecuador. Según la legislación, esa es causal para enviarlo a su último puerto de embarque; en su caso, a su natal Colombia.
Pero el certificado de la Cancillería blindó al narcotraficante colombiano. Allí se especificaba que Nieves “no puede ser deportado hasta que el Gobierno ecuatoriano se pronuncie definitivamente sobre su solicitud” de asilo.En Ecuador la visa de asilo equivale a la de refugio. Esta es la tipo 12-IV, según el instructivo de la Cancillería distribuido a los consulados de Ecuador en el exterior. Y se “se otorga a personas desplazadas de su país de origen, como consecuencia de guerra o de persecuciones, ya sean estas de tipo racial, políticas, religiosas, por su nacionalidad, por pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, con el propósito de proteger su vida o libertad”.
En dicho instructivo se especifica que los ciudadanos colombianos solicitantes de asilo o refugio deben presentar, entre otros requisitos, el pasado judicial.
El colombiano Nieves es buscado por la Interpol. Antes de ser detenido por Antinarcóticos en Guayaquil en noviembre del 2002 y de ser sentenciado por narcotráfico, por la operación ‘Calamar’ que se realizó de forma simultánea en EE.UU., Colombia y Ecuador, Nieves había sido requerido en septiembre del 2002 por un tribunal de California, también por narcotráfico. Asimismo, en Colombia ha sido considerado un hombre de la logística del cartel del Norte del Valle. En otras palabras, su pasado judicial se encuentra marcado negativamente.
La Justicia de EE.UU. solicitó a Ecuador su extradición. El trámite llegó a la Embajada de EE.UU. en Quito y fue remitido, a través de la Cancillería, a la Corte Nacional de Justicia (CNJ).
La Primera Sala de lo Penal de la CNJ consideró procedente el pedido de EE.UU. y en julio del 2009 notificó al Gobierno su resolución. Sin embargo, el 29 de marzo último, el ministro de Gobierno, Gustavo Jalkh, informó al presidente de la Corte, José Vicente Troya, que se negaba la extradición del colombiano.
En el artículo 14 de la Ley de Extradición se establece que cuando la Corte apruebe la extradición, esta decisión “no será vinculante para el Jefe de Estado ecuatoriano”. Esta Ley otorga la potestad al Presidente de la República para delegar al Ministro de Gobierno la emisión de la negativa de extradición, “en el ejercicio de la soberanía nacional, atendiendo al principio de reciprocidad o a razones de seguridad, orden público u otros intereses esenciales para el Ecuador”.
El 7 de abril, Troya acogió la decisión del Ejecutivo y revocó la orden de prisión que había contra Nieves; ordenó la emisión de la boleta de excarcelación.
El colombiano debía recuperar su “libertad de forma inmediata, siempre que no esté detenido por otra u otras causas”, dijo Troya. Su resolución fue enviada de la CNJ al canciller, Ricardo Patiño, para que él, a su vez, la remitiera a la Embajada de Estados Unidos en Quito y al representante de la DEA en Ecuador.
Con ese espaldarazo gubernamental, se esperaba que Nieves recuperara su libertad en abril.
Pero antes de dejar el pabellón de máxima seguridad del ex penal García Moreno, se abrió el proceso de deportación en la Intendencia de Policía de Pichincha, por indocumentado.
La Policía había determinado previamente que el colombiano tenía dos cédulas de identidad ecuatorianas falsas. Una con el nombre de Rafael Antonio Rodríguez Quinde y otra con el de Danilo Javier Nieves Meza. Según la Policía, Nieves también utilizaba el alias de ‘Rolando Javier Rodríguez Quinde’.
Con esa base, la intendenta Garcés tenía argumentos para ordenar la deportación a Colombia de Nieves, pero el viernes dejó el trámite en suspenso. A la petición de la Cancillería para que no se deportara al extranjero por el trámite de asilo en curso, se sumó el hallazgo de otro posible delito.
Según Garcés, “hay indicios” de que Nieves habría falsificado los registros de inscripción de dos hijos ecuatorianos. En esos documentos se señala que los niños fueron reconocidos en el Registro Civil de Guayaquil en presencia de ambos padres, en el 2005 y en el 2007, incluso los dos registros tienen la firma de Nieves. Pero en esos años, el extranjero estaba en la Penitenciaría del Litoral.
La Fiscalía abrió una indagación. Si la falsificación llega a comprobarse, la única salida jurídica que le quedaría a Nieves para permanecer en Ecuador (su repatriación a Colombia implicaría la extradición a EE.UU.) es que el Ministerio de Relaciones Exteriores apruebe su pedido de asilo. Pero para ello se requiere una reforma al instructivo de las visas tipo 12-IV. En el certificado emitido por la Cancillería por el caso de Nieves se puntualiza que, de cometer delitos o contravenciones, el solicitante de refugio será responsable por sus actos y deberá cumplir con las penas establecidas en la Ley.