El presidente de la Corte de Justicia de Manabí llamó a juicio al exjuez de Garantías Penitenciarias de Portoviejo, Banny Molina por “encontrar serias presunciones de su participación en el delito de usurpación y simulación de funciones públicas”.
Molina saltó a la luz pública, en agosto de este 2022, cuando otorgó a un habeas corpus al exvicepresidente Jorge Glas, Daniel Salcedo y otra persona más. Además, emitió boletas de excarcelación y dispuso la inmediata libertad de esos sentenciados.
Tras entregarles esa acción constitucional, el Consejo de la Judicatura denunció al entonces magistrado por el presunto delito de usurpación de funciones.
Según las investigaciones, él habría actuado con su jurisdicción suspendida, ya que había sido llamado a juicio en otra causa penal por presunto prevaricato.
¿Cómo se sanciona el delito de usurpación y simulación de funciones públicas?
Ese ilícito se configura cuando una persona ejerce funciones sin autorización o simula cargo o función pública.
Según el artículo 287 del Código Integral Penal (COIP), ese delito es sancionado con cárcel de uno a tres años.
En cambio, la normativa penal establece que “la persona que ejerza funciones públicas y sea destituida, suspensa o declarada legalmente en interdicción y que continúe en el ejercicio de sus funciones después de ser notificada con la destitución, suspensión o interdicción, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año”.
Detalles judiciales
Este viernes 30 de diciembre del 2022, durante la audiencia preparatoria de juicio, el presidente de la Corte de Justicia de Manabí llamó a juicio a Molina y también dispuso que se mantengan las medidas cautelares de prohibición de salida del país, arresto domiciliario y uso del grillete electrónico.
Durante la diligencia, la Fiscalía señaló que la Policía detuvo al procesado la noche del 9 de agosto de 2022, en San Jacinto, cantón Sucre.
Este caso inició por una denuncia presentada por el director general del Consejo de la Judicatura, Andrés Peñaherrera.
En esa queja judicial se señaló que el exjuez habría emitido tres órdenes de excarcelación para Glas y dos personas más, cuando ya había sido llamado a juicio en otra causa. Según las investigaciones de la Fiscalía, él actuó cuando su jurisdicción se encontraba suspendida.
La defensa de Molina, en cambio, aseguró que su cliente no cometió ese delito. Dijo que cuando su defendido otorgó el habeas corpus a Glas, aún no había sido llamado a juicio por prevaricato. Además, señaló que sí estaba habilitado para ejercer, pues no había sido notificado con la decisión de suspenderlo en funciones.
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