Imagen referencial. Sesión del pleno de la Asamblea Nacional el 16 de octubre del 2019. Foto: Vicente Costales / EL COMERCIO
La Asamblea Nacional aprobó por unanimidad (con 112 votos afirmativos) la Ley de Desaparecidos. La decisión se tomó este jueves 24 de octubre del 2019. Además, se incorporó la tipificación del delito de desaparición involuntaria en las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP).
En el debate, los parlamentarios mencionaron que estos son “instrumentos trascendentales” para que la administración de justicia actúe con celeridad en la investigación de casos de desaparecidos.
Destacaron que la nueva Ley aplica para los migrantes y los extranjeros que residen en Ecuador, para lo cual se activan los consulados y el Ministerio de Relaciones Exteriores.
La nueva norma considera como ejes centrales la prevención, articulación de entidades para una efectiva investigación, búsqueda y localización de ciudadanos. Además, la implementación de unidades especializadas en todas las provincias y la creación de un registro nacional de desaparecidos.
Tiene por objeto la búsqueda, localización de las personas desaparecidas, extraviadas y la protección de sus derechos, hasta que se conozca su paradero.
También se menciona la prevención de este fenómeno, así como la educación, asistencia y protección a las víctimas indirectas, a través de una coordinación entre las instituciones estatales, para garantizar una respuesta efectiva.
Con esto nace el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas y Extraviadas y Respuesta a las Víctimas Indirectas, conformado con 18 instituciones.
El ente desarrollará planes y acciones de concienciación y capacitación para prevenir este tema.
Diseñará y ejecutará políticas públicas dirigidas a la investigación, establecerá protocolos de investigación, coordinará las acciones de acompañamiento, protección y atención a las víctimas indirectas.
Por otra parte, la Fiscalía General del Estado deberá contar con Unidades Especializadas en Investigación de Personas Desaparecidas a escala nacional.
La Fiscalía, así como las instituciones que conforman el Sistema, deberán capacitar a los agentes fiscales que integran las Unidades Especializadas, a los agentes policiales, funcionarios de cada entidad, conforme los más altos estándares internacionales en materia de derechos humanos, perspectiva de género, interés superior de la niñez, atención a grupos vulnerables y atención a víctimas.
Según la nueva normativa, no concluirán las acciones de investigación, búsqueda y localización, hasta que exista certeza sobre el paradero de la persona o cuando sus restos hayan sido encontrados y plenamente identificados. Tampoco se suspenderá ni se dará por terminada la búsqueda, aún cuando se haya declarado la presunta muerte de la persona desaparecida.
Se dará inicio al proceso de búsqueda de una persona desaparecida mediante noticia de la desaparecida, reporte, parte policial o denuncia.
La noticia o reporte se podrá presentar de forma inmediata, durante las 24 horas del día, todos los días del año, en las unidades de la Fiscalía o de la Policía.
La Fiscalía o la Policía iniciarán de oficio la investigación cuando se trate de la desaparición de niños, adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores.
En casos de niñas, niños y adolescentes extraviados, las Unidades Especializadas para la Investigación de Personas Desaparecidas o la Policía activarán la alerta correspondiente, especialmente la Alerta Emilia.
El registro nacional de personas desaparecidas será administrado por el Ministerio de Gobierno, como una plataforma tecnológica e informática homologada, que interoperá, organizará y concentrará la información técnica-científica.
La información observará requisitos de protección de datos personales y será utilizada únicamente en procesos de investigación, búsqueda y localización.
En los niveles de educación general básica, bachillerato y educación superior de las instituciones educativas implementarán el conocimiento de normas y protocolos para la prevención y concienciación sobre la temática.
Los Gobiernos autónomos descentralizados diseñarán planes de prevención y coordinarán la ejecución de los mismos.
Según datos oficiales, entre 1970 y 2017 se han reportado 42 000 casos de personas desaparecidas en el país. El 96 % de estos casos ha sido resuelto y 1 600 están pendientes, según la Asamblea Nacional.