El Tribunal de Garantías Penales de Imbabura condenó a 17 años y cuatro meses de pena privativa de libertad a los ciudadanos colombianos Jhon R. y Herlinto E. y los ecuatorianos Luis Ch. y Manuel C. La sentencia es por el secuestro extorsivo del exconcejal de Ibarra, Carlos Arias, ocurrido el 5 de junio de 2021.
Los sentenciados fueron detenidos en un operativo liderado por Fiscalía, en el que se ejecutaron seis allanamientos (cuatro en Imbabura y dos en Carchi). Según la investigación, por la liberación de Arias solicitaron USD 2 millones a su familia. El dinero no fue entregado.
La víctima permaneció dos meses y siete días en cautiverio. Su liberación se produjo en un sector selvático de El Chical, parroquia del cantón Tulcán, situada en el noroccidente de la provincia del Carchi. El rehén se encontraba a pocos pasos de la frontera con Colombia.
Asimismo, hay tres personas que participaron en el secuestro del exconcejal de Ibarra, que se encuentran prófugas. Por ello tienen difusión azul de la Interpol.
Las evidencias del secuestro
A través de los elementos probatorios presentados por la fiscal Lizandra Bastidas, se demostró la responsabilidad penal de los ya sentenciados en el secuestro. Entre los principales constan: el testimonio anticipado del exconcejal de Ibarra, las pericias médico-legal, psicológica, de entorno social y de audio y video.
Además, el cotejamiento de voces, el análisis telefónico y los seguimientos y vigilancias realizados, que permitieron determinar el lugar donde estuvo retenido el exconcejal de Ibarra (El Chical-Carchi) e identificar a los responsables del hecho.
El delito de secuestro extorsivo está tipificado en el artículo 162 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y contempla una pena privativa de libertad de 10 a 13 años. En este caso se tomó en cuenta la circunstancia agravante del artículo 47, numeral 5 (haber actuado entre dos o más personas), lo que permitió obtener la pena máxima.