La Senae en un control del etiquetado fiscal en productos alcohólicos importados. Foto: Archivo Mario Faustos/ EL COMERCIO
El anuncio de una nueva reforma tributaria lleva una semana y aún no se conoce el texto del proyecto. Uno de los sectores involucrados, el de bebidas alcohólicas, presentó sus argumentos para evitar que un alza de impuestos reduzca sus ventas.
Los licores han tenido, al menos, cinco ajustes tributarios y aduaneros importantes en los últimos siete años.
En el 2009, el sector sintió un impacto tras una modificación al cobro del impuesto a los consumos especiales (ICE) a través de una reforma tributaria. Tras la aprobación de la norma se determinó que el ICE se calcularía de acuerdo con la cantidad de litros de una bebida, multiplicada por el grado alcohólico expresado en cada botella. Así, en esa época, cada litro de licor se gravó con USD 5.
Y si el precio de venta al público de la bebida superaba los USD 10 (establecido por el fabricante) se aplicaba un impuesto adicional de 40% (menos el IVA y el ICE).
Tres años más tarde, a través de la Resolución 63 del Comité de Comercio Exterior (Comex), se determinó que 20 variedades de bebidas alcohólicas en el país -entre las cuales están whisky, cremas, etc.- paguen un arancel mixto de 1% y USD 0,25 por grado alcohólico.
En el 2011 entró, además, en vigencia la Ley de Fomento Ambiental, que implicó un nuevo cálculo del ICE para varios productos.
En el caso de los licores, que tienen un esquema mixto (ad valoren o porcentaje adicional y un gravamen fijo), la norma dispuso que el valor fijo se ajuste anualmente en función de la inflación. Esto sucedería entre el 2011 y el 2013, y acumulativamente a partir de 2014 en función del Índice de Precios del Consumidor.
En otras palabras, cada año la botella de licor registra un incremento en su costo. Antes a ese ajuste se cancelaba sobre la base del contenido total o de los niveles de producción. Con el cambio, se cancelaba en función del grado de alcohol.
A fines del 2014 se dio un nuevo ajuste al ICE a estos productos, a través de la Ley de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal. La norma entró en vigencia desde enero del 2015.
Felipe Cordovez, presidente de la Asociación de Importadores del Ecuador, explicó que a partir de entonces el valor sobre el cual se paga este impuesto toma en cuenta todos los costos en los que incurre el importador para traer el producto, lo que eleva el monto del impuesto.
En marzo del 2015, por su parte, se fijaron salvaguardias para un total de 2 961 partidas arancelarias entre las que se incluyeron los licores. Estos tienen sobretasas, gravámenes sobre el arancel de hasta el 45%.
Desde enero, la sobretasa más alta para estos productos se redujo del 45 al 40% y se espera un desmonte total de la medida para junio.
Pero, además, existen restricciones para el ingreso de licor por vía aérea y terrestre para las personas naturales.
Los ecuatorianos que ingresan a Ecuador debe tener en cuenta que la cantidad y el producto que entre al país difiere según la vía de acceso.
Según, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) el licor por frontera terrestre no consta en la lista de efectos personales del viajero; es decir, no es un bien exonerado de impuestos, por lo tanto deben pagar tributos.
En diciembre del 2014 se estableció, además, que se puede ingresar únicamente tres litros de licor una vez al año exentos de la presentación de documentos de control, pero con pago de impuestos.
Por vía aérea, en cambio, el viajero mayor de 18 años puede ingresar hasta tres litros de bebidas alcohólicas sin pagar tributos. Si se excede esa cantidad, la persona deberá tributar en la parte proporcional a la diferencia no exenta.
El Gobierno también anunció que la reforma tributaria, que prevé enviar entre hoy y el próximo lunes, incluirá también un incremento de impuestos para los cigarrillos y productos con azúcar.
En el caso de los cigarrillos, la Senae especifica que, por ejemplo, una persona puede ingresar por frontera vía terrestre máximo tres cajetillas de cigarrillos.
Por vía aérea, el viajero podrá traer a Ecuador 20 cajetillas de cigarrillos de 20 unidades, una libra de tabaco y 25 unidades de habanos o cigarros. Si trae más de esas cantidades pagará tributos.
La Senae informó ayer 24 de marzo del 2016, que, como parte de la política de refuerzo de controles en frontera, durante este feriado mantendrá vigilancia permanente.
En contexto
El 18 de marzo pasado el Gobierno anunció que enviará un paquete de reformas tributarias y a las asignaciones de los municipios y prefecturas para enfrentar la caída de ingresos. Con esto, el Régimen espera ingresos por USD 300 millones.