El reglamento para la Ley de Comunicación está pendiente

Silvia Salgado, Rubén Bustamante, Esteban Albornoz, entre otros legisladores de Alianza País, el jueves pasado, en el debate final de la reforma.

Silvia Salgado, Rubén Bustamante, Esteban Albornoz, entre otros legisladores de Alianza País, el jueves pasado, en el debate final de la reforma.

Silvia Salgado, Rubén Bustamante, Esteban Albornoz, entre otros legisladores de Alianza País, el jueves pasado, en el debate final de la reforma. Foto: Cortesía Asamblea Nacional

El próximo lunes 18 de febrero de 2019 se prevé que la Asamblea envíe las reformas a la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) para su publicación en el Registro Oficial y su puesta en vigencia.

Eso, luego de que el pasado jueves 14 de febrero de 2019 concluyera el trámite de los cambios, con la sesión en la que el Pleno decidió allanarse a 22 de las 26 objeciones presentadas por el Ejecutivo.

Con ello, sin embargo, la tarea no concluye, pues el presidente de la República, Lenín Moreno, también deberá reformar el reglamento para la aplicación de esta norma, según lo estipula el artículo 147 de la Carta Magna.

El texto constitucional precisa que el Jefe de Estado, entre otras atribuciones, tiene la de “expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los que convengan a la buena marcha de la administración”.

El tema genera expectativa en gremios periodísticos del país, que califican como un avance los cambios en más de un 75% del texto que estaba vigente desde el 2013.

Francisco Rocha, director de la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (Aedep), considera que el reglamento es clave “para no dejar cabos sueltos y para aclarar varios artículos” de la Ley.

Entre esos, alude al que se relaciona con las funciones del nuevo Consejo de Regulación de la Información y la Comunicación (Cordicom), que tendrá cinco integrantes.

Guadalupe Fierro, presidenta de la Unión Nacional de Periodistas (UNP), señala que en adelante ese organismo tendrá “un enfoque diferente: no de persecución sino de promoción de los derechos de la comunicación”, por lo que señala que el reglamento deberá contribuir a que “se ponga a la altura de esa demanda”.

Entre las atribuciones que le da el artículo 49 de esta reforma, consta que el Cordicom podrá “elaborar informes técnicos respecto de análisis de posible contenido discriminatorio, violento o sexualmente explícito, los que deberán ser remitidos a la Defensoría del Pueblo para que de oficio inicie las acciones correspondientes”.

Édison Toro, titular encargado de la Superintendencia de Comunicación (Supercom), asegura que tiene listo un plan para ejecutar hasta en 180 días el cierre de esta institución, como lo señala una transitoria.

Toro explica que en el proceso de cierre se involucrará también a los ministerios de Finanzas y Trabajo. Incluso al propio Cordicom, que asumirá el monitoreo “ya no para sancionar sino para hacer un ejercicio de transparencia, de debate de contenidos”, entre otros temas.

La transitoria quinta agrega “que los derechos litigiosos sobre los procesos judiciales, contenciosos, administrativos, penales, constitucionales y de cualquier otra naturaleza serán transferidos” al Cordicom.

Además, que “los procedimientos administrativos sancionatorios a cargo de la Supercom, que se encuentren en trámite a la fecha de vigencia de esta Ley, concluirán en el estado en el que se encuentren, dejando a salvo el derecho de los interesados de ejercer las acciones constitucionales o judiciales a las que se consideren asistidos”.

También dispone que las sanciones impuestas que no se hayan cancelado parcial o totalmente a la promulgación de esta reforma, se extinguirán, concluyendo los procesos en trámite tanto en vía administrativa como en la vía judicial.

Por su parte, Susana Piedra, de la Federación Nacional de Periodistas (Fenape), espera que “a la brevedad posible” la Asamblea tramite la reforma que se requiere para cambiar el artículo 5 de la Ley, que alude a la comunicación como un servicio público, a pesar de una sentencia de la Corte Constitucional que derogó las enmiendas. 

5 puntos relevantes de la reforma a Ley orgánica de comunicación

Eliminados

• La figura del linchamiento mediático.
• La Superintendencia de Información y Comunicación (Supercom).
• Los códigos y normas deontológicas.
• La responsabilidad ulterior de los medios de comunicación.
• Las sanciones administrativas contra periodistas y medios de comunicación.
• El defensor de las audiencias.

Se mantienen

• La prohibición de publicidad elaborada en el extranjero.
• La profesionalización para quienes ejercen la comunicación.
• La protección a integridad de niñas, niños y adolescentes respecto de contenidos que se difundan en los medios. La protección de las comunicaciones personales.
• Derechos de los comunicadores como la cláusula de conciencia y reserva de la fuente.

Cambios

• El Consejo de Comunicación (Cordicom) estará conformado por delegados del Ejecutivo, Consejo de Participación, Consejo de Igualdad, de Educación Superior y los gobiernos locales.
• El Cordicom tendrá un consejo consultivo que intervendrá en la formulación de políticas comunicacionales.
• El espectro radioeléctrico será en un 56% para medios privados, 34% para comunitarios, 10% para públicos.
• La concesión de frecuencias tendrá 15 años de duración, con la posibilidad de renovación.
• Protección pública en su actividad como comunicadores o en caso de amenazas derivadas de su actividad.

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