Efraín Soria y Javier Benalcázar, quienes ya llevan 12 años juntos, fueron escuchados por la Corte Constitucional, ellos piden matrimonio civil igualitario. Foto: Archivo / EL COMERCIO
Para la Procuraduría General del Estado, si se busca dar paso al matrimonio civil igualitario en Ecuador es necesario reformar la Constitución. La noche de ayer, domingo 14 de abril del 2019, esta entidad, a través de tuits, hizo público su pronunciamiento. Así, señaló: “en el artículo 67 de la Constitución de la República está definido el matrimonio como la unión entre hombre y mujer, por lo que, para cambiar esta figura es necesario una reforma de la norma constitucional”.
Esta mañana, la Procuraduría, también a través de su cuenta de Twitter, aclaró que “no ha puesto en duda la competencia de la Corte Constitucional para resolver la consulta que le ha sido formulada”.
Se refiere a la consulta de norma sobre la que deberá resolver la Corte Constitucional, enviada por la Corte Provincial de Justicia. Esta última pregunta si en el país es posible aplicar la Opinión Consultiva 24/17, que establece derechos más favorables para los Glbti, sin reformar la Constitución, el Código Civil y la Ley de Datos Civiles. Esto ante una demanda de la pareja formada por Efraín Soria y Javier Benalcázar, que busca casarse.
Sin embargo, la viralización de su posición provocó un debate, entre los sectores que están a favor y en contra de los matrimonios entre parejas del mismo sexo.
¿Qué opina la Procuraduría? Las opiniones consultivas de la Corte IDH no tienen valor vinculante para los estados y menos todavía para los que no participaron en la consulta. No teniendo esa opinión consultiva carácter vinculante y al ser una guía para que las autoridades ecuatorianas, legislativas y judiciales tomen sus medidas, la norma que prima es la de la Constitución.
“La posición de la Procuraduría es estrictamente técnica y jurídica y por tanto, su pronunciamiento, luego de un profundo análisis, se apega a la Constitución y a las leyes. Los movimientos defensores de derechos humanos que han pugnado porque el matrimonio igualitario se establezca en Ecuador, podrían iniciar un proceso de recolección de firmas, para que la Asamblea pueda incorporar en la Constitución esta reforma”.
El constitucionalista Rafael Oyarte apoya la posición de la Procuraduría General del Estado. ¿Qué dice? En entrevista telefónica con este Diario comentó que no está bien “tomar atajos cuando algún tema no es parte de la Constitución. Mañana, otros grupos harán lo mismo, saltarse la Constitución”.
Además, Oyarte mostró su desacuerdo con abogados que consideran, dijo, que un derecho es cualquier cosa. “El matrimonio no es un derecho, es un contrato. Otros señalan que no es un derecho pero que se busca igualdad para todos. En la Constitución se establece que es la unión entre hombre y mujer, igual que como para ser Presidente de la República se requiere ser ecuatoriano por nacimiento. No podemos empezar a pasarnos todas las reglas”.
En torno a la consulta de norma, que analiza la Corte Constitucional, señaló “se acude a un ente como la Corte Constitucional para que haga lo que no se debe hacer. Además dos de sus jueces han anticipado criterios a favor”. Oyarte también quien cree que hay que respetar el procedimiento para modificar la Carta Magna.
Sobre el tema, ¿qué opinan otros abogados? El catedrático de la USFQ, Farith Simon, señaló que la Procuraduría General del Estado “asume una defensa de la Constitución violándola”. Y recordó que el intérprete de la Constitución es la Corte Constitucional.
Juan Pablo Albán, otro abogado, defensor de los derechos humanos, que fue parte del Consejo de la Judicatura Transitorio, criticó la posición de la Procuraduría del Estado. “Ha omitido considerar principios como el de la primacía del derecho internacional, effet útile y pacta sunt servanda. Y no se apega a la Constitución si se considera principios de aplicación de derechos como el de no discriminación o el pro homine”.
Christian Paula, abogado y director de la fundación Pakta, recalcó que el máximo órgano competente para interpretar la Carta Magna es la Corte Constitucional. Y recordó que la Corte ya se pronunció en el caso de Satya y dijo que la Opinión Consultiva 24/17 es vinculante, en mayo del 2018. Se trata de la niña con dos madres inglesas que pelearon para poder inscribirla con sus apellidos Bicknell Rothon.
Además citó a otro jurista, Alejandro Ponce, quien pidió al Procurador no olvidar que el Estado ecuatoriano declaró que reconoce como obligatoria de pleno derecho y sin convención especial, la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la Convención, en 1984.
También Pakta plantea que se debe tomar en cuenta el control de convencionalidad, que consiste en la obligación de los estados parte de la Convención Americana de Derechos Humanos acatar las interpretaciones de la Corte en todas sus competencias.
¿Por qué no recogen firmas para conseguir el matrimonio igualitario? Paula mencionó el llamado poder contra mayoritario, que indica que en una situación de discriminación estructural histórica, la capacidad de la democracia abarca proteger a las minorías, para que no sean oprimidas por las mayorías. Reflexionó señalando que los Glbti pudieran reunir las firmas, pero preguntó qué hacer si cuando llegue el referéndum la mayoría votara en contra de la opción porque la discriminación es un problema estructural.
Pamela Troya, que defiende el matrimonio civil igualitario, desde el 2013; Diana Maldonado, otra activista, y Silvia Buendía, abogada, hicieron un llamado a la Procuraduría General del Estado para cumplir con lo dispuesto en la Constitución sobre sus funciones. Y esperar, como lo están haciendo los movimientos defensores de derechos humanos a los que hace alusión, al pronunciamiento oficial de la Corte Constitucional en cuanto a la consulta de constitucionalidad de norma sobre la aplicabilidad de la Opinión Consultiva 24/17 en el Ecuador, que faculta contraer matrimonio entre personas del mismo sexo.
También señalaron que el pronunciamiento de la Procuraduría revela un profundo desconocimiento jurídico al no entender el carácter erga omnes de la Opinión Consultiva, en la que la Corte Interamericana de Derechos Humanos), última intérprete de la Convención Americana de Derechos Humanos, analiza e interpreta el alcance de la Convención Americana en el sentido de que esta protege y garantiza el derecho de las parejas del mismo sexo a acceder al matrimonio.