Reelección indefinida: Los cambios se aplicarán directamente

En la actual Asamblea Nacional hay 35 legisladores que no podrán reelegirse en la próxima elección (2021). Foto: Julio Estrella /Archivo EL COMERCIO

En la actual Asamblea Nacional hay 35 legisladores que no podrán reelegirse en la próxima elección (2021). Foto: Julio Estrella /Archivo EL COMERCIO

En la actual Asamblea Nacional hay 35 legisladores que no podrán reelegirse en la próxima elección (2021). Foto: Julio Estrella /Archivo EL COMERCIO

Los cambios aprobados con la consulta popular y el referendo del domingo pasado (4 de febrero del 2018) pueden aplicarse a través de tres vías. Reformas legislativas, decretos ejecutivos y publicación de los resultados electorales en el Registro Oficial.

Esta última se utilizará para eliminar la figura de la reelección indefinida de la Constitución, confirmó ayer, 5 de febrero, María Alejandra Vicuña, vicepresidenta de la República.

Una vez que el Consejo Nacional Electoral (CNE) culmine el escrutinio de las actas y pasen las etapas de impugnación y apelación, los resultados serán oficiales y deberán publicarse en el Registro.

La ley electoral establece un plazo de 10 días, desde la realización de los comicios, para que esto suceda. Las autoridades del CNE adelantaron que en este caso este trámite podría tomar “mucho menos”.

Con la publicación, la enmienda constitucional entraría en vigencia de inmediato. El texto actual de la Carta Magna será reemplazado por el propuesto en el anexo de la pregunta 2 del proceso electoral.

El Código de la Democracia también deberá ser cambiado, pero se lo podrá hacer luego. Hasta que se concrete esta reforma legal, no se detendrá la aplicación de los cambios, por la supremacía de la Constitución sobre el Código.

En total, en esta interrogante se plantearon cuatro cambios a la Carta Magna. Dos sustituciones de artículos (114 y 144). Y la incorporación de dos disposiciones generales.

Ahora, las autoridades podrán reelegirse solo una vez para el mismo cargo, incluyendo al Presidente de la República. Para esto se eliminará la enmienda constitucional que se aprobó en la Asamblea, en el 2015. En esa reforma se estableció la reelección indefinida.

En la actualidad existen 49 alcaldes y 15 prefectos que ya no podrían candidatizarse para el mismo cargo. Ellos no podrán ser candidatos para la misma dignidad, en las elecciones del 2019.
Ya fueron electos para los períodos 2009-2014 y 2014-2019; es decir, ya completaron el máximo de períodos que establece la propuesta del presidente Lenín Moreno.

Entre los alcaldes que se verían afectados por la medida está Daniel Avecilla (Yaguachi), presidente la Asociación de Municipalidades del Ecuador. Mientras que entre los prefectos resaltan Gustavo Baroja (Pichincha), presidente del Consorcio de Gobiernos Provinciales. Ambos gremios apoyaron la consulta popular.

También Jaime Nebot, líder del Partido Social Cristiano (PSC) y alcalde de Guayaquil, desde el 2000.

Henry Cucalón, asambleísta por el PSC y dirigente de la organización, recuerda que Nebot ya había anunciado su decisión de no ir por su quinta reelección, incluso antes de que se proponga la consulta.

Ahora -dice Cucalón- Nebot está concentrado en terminar la administración municipal. Y, políticamente, en velar por el cumplimiento de los resultados de este proceso electoral. Sin embargo, no descarta que sea el candidato presidencial de la lista 6, en el 2021.

En la actual Asamblea Nacional hay 35 legisladores que tampoco podrán volver a ser candidatos para esa función, en la próxima elección (2021). Ellos ganaron una curul en el 2013 y la ratificaron en el 2017.

La mayoría (18) fueron elegidos por Alianza País (AP). Aparecen, por ejemplo, Gabriela Rivadeneira, Marcela Aguiñaga, María José Carrión y Verónica Arias.

La enmienda constitucional aprobada el domingo, en su segunda disposición general, señala que la prohibición se aplicará también para las autoridades reelegidas desde que entró en vigor de la Constitución (2008).

Por eso Rafael Correa no podrá volver a ser candidato a la Presidencia, aunque actualmente no esté en el cargo. Él ganó las elecciones del 2009 y 2013, antes de dar paso a la candidatura de Moreno.

Una posible candidatura local de Correa para el 2019 es poco probable en este momento. Él y sus coidearios se desafiliaron de AP, tras el conflicto interno. Es decir, por ahora no tiene una organización política que auspicie su candidatura.

Intentaron empezar la formación de un nuevo movimiento político, bajo el nombre de Revolución Ciudadana. Pero el CNE negó la concesión de la clave para que empiecen la recolección de las 195 398 firmas necesarias para hacerlo. La decisión se debió a que ese nombre está vinculado a Alianza País y no puede ser usado por otras fuerzas políticas.

Esta misma disposición, que amplía la aplicación de la reforma hasta el 2008, afecta también a otros 35 políticos que fueron asambleístas en los períodos 2009-2013 y 2013-2017. Ellos no podrán volver a candidatizarse a la Legislatura.

En esa lista figuran Andrés Páez (Creo), Lourdes Tibán (Pachakutik), Gilmar Gutiérrez (PSP3), por la oposición. Y varios oficialistas como Rosana Alvarado, María Augusta Calle y Virgilio Hernández.

Las reformas en materia electoral -según la Constitución- deben estar vigentes un año antes de las elecciones. Por lo que, para que los cambios se apliquen para el proceso del 2019, la ejecución de la consulta debe ser inmediata.

El Gobierno calcula que esto ocurrirá en los próximos 30 días. Aunque Vicuña adelantó que no hay ningún riesgo de que las enmiendas no surtan efecto para las seccionales.

Explicó que el mandato popular, a través de una consulta, es de obligatorio cumplimiento para todas las funciones. Por lo que el CNE deberá acoplar la fecha de los comicios hasta que los cambios estén listos.

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