El presidente Rafael Correa en Guayaquil. Foto: José Sánchez / EL COMERCIO
La propuesta del oficialismo, de permitir la reelección indefinida, ha puesto en debate el camino para cristalizarla.
Desde el oficialismo ya se ha adelantado que la enmienda de la Constitución es el camino para hacerlo y despejar el camino a una cuarta candidatura presidencial de Rafael Correa.
Esta vía implica que la Asamblea tramite el cambio para abrir el candado de la reelección, que actualmente solo es permitida para un ocasión.
Su justificación es que la incorporación de la reelección indefinida no implica un cambio de la estructura fundamental del Estado, según el art. 441 de la Carta Política vigente.
Aunque en la práctica, este sendero permite al Presidente de la República y a su bloque legislativo que el tema no pase por consulta popular.
La razón: tienen 100 legisladores, que representan más de las dos terceras partes de la Asamblea, necesarias para modificar la Constitución.
No obstante, los argumentos del oficialismo para que el asunto pase solo por la Asamblea son refutados desde sectores políticos y académicos.
Desde el plano jurídico se advierte que todavía está en debate si la reelección indefinida constituye o no una alteración de los elementos y el carácter constitutivos del Estado.
Juan Francisco Guerrero, profesor de Derecho Constitucional, explica que el punto medular de la discusión está en el art. 1 de la Constitución, que estipula que el Ecuador es un Estado “democrático”.
“Si uno de los principios de la democracia es la alternancia en el poder, entonces plantear la reelección indefinida sí afecta la estructura fundamental del Estado ecuatoriano”, agrega.
Por este motivo, Guerrero señala que la propuesta de ampliar sin límites la reelección de cargos populares es en verdad una reforma a la Constitución.
Según el art. 442 de la Carta Política, una reforma constitucional necesariamente debe ser ratificada por la mayoría de electores de un referéndum.
Una lectura similar tiene el jurista Ricardo Flores. En su último artículo en el portal Gkill City, también coincide en que la reelección indefinida atenta contra el principio democrática de la alternancia.
El columnista agrega otro argumento para sustentar su postura: durante la vida republicana del Estado ecuatoriano jamás se ha permitido la reelección indefinida del Presidente de la República. De ahí que considere que una propuesta de esta dimensión debe ser ratificada en las urnas.
“Haciendo una comparación, resulta grotesco que se nos haya consultado el cierre de casinos o la prohibición de las corridas de toros, y no se nos consulte sobre algo tan trascendente como la posibilidad de que los cargos de elección popular puedan permanecer de forma indefinida en sus funciones”, señala el jurista.
Sus palabras se refieren a que en la consulta del 7 de mayo del 2011, el presidente Correa planteó que en el territorio nacional no operen casinos y que se prohíba la muerte de animales en espectáculos públicos.
Por entonces, unos de los argumentos del oficialismo para someter a las urnas esos puntos era privilegiar la democracia directa de la ciudadanía.
En este andarivel también figura el criterio de Luis Hernández, miembro de la Asamblea Constituyente del 2008.
Relata que el espíritu de Montecristi fue que el pueblo es el soberano y, por lo tanto, había que consultarle las veces que sea necesario. “Ese espíritu debe mantenerse”.
En el caso del planteamiento de permitir la reelección sin restricciones, el exconstituyente señala que hay una contradicción en el oficialismo en la posición que manejó seis años atrás en Ciudad Alfaro.
Por entonces -añade- la postura era que la reelección indefinida impedía la renovación y que un ejemplo de ello era casos de alcaldes en funciones por más de cuatro períodos.
“Este tema debería ser llevado a consulta, que le daría da más fuerza al debate y a la decisión que tome el pueblo”.
De hecho, en 2007, antes que la Constituyente termine su período, el propio Presidente se oponía a que la reelección de autoridades no tenga fin.
En una entrevista ese año en Chile, Correa dijo: “Hoy los diputados y alcaldes tienen reelección indefinida, pero presidente y vicepresidente ni una sola vez. Eso es absurdo, como es un absurdo la reelección indefinida porque la democracia implica alternancia…”.
Sin embargo, el oficialismo defiende que el tema sea aprobado a través de una enmienda en la Legislatura. Esta semana, el asambleísta Virgilio Hernández dijo que este camino permite que durante un año el debate vaya más allá de las paredes de la Asamblea y se desarrolle en la sociedad.
Esa postura se fundamenta en que la Constitución estipula que entre el primero y segundo debates del tema en el Pleno debe transcurrir 13 meses.
Para que este mecanismo se viabilice, el oficialismo necesita contar con el dictamen de la Corte Constitucional.
La consulta es posible
Si bien el Gobierno y su movimiento esperan que esta modificación solo sea tratada en la Asamblea, está abierta la posibilidad de que el tema sea sometido a referéndum.
Al menos ese es el criterio del jurista Guerrero, basado en el primer numeral del art. 441 de la Carta Magna vigente. Esa norma también señala que la enmienda de uno o varios artículos se realizará “mediante referéndum solicitado por el Presidente de la República o por la ciudadanía, con el respaldo del ocho por ciento de las personas inscritas en el registro electoral”.
Por esta razón, el jurista afirma que la sociedad civil podría organizarse para recoger firmas y así disponer al Consejo Electoral que convoque a una consulta sobre la reelección.
Críticas a la enmienda Constitucional para abrir la reelección presidencial