Contraloría hizo un informe. El Cuerpo de Bomberos de Quito dice que no habría sobreprecio .Foto: Archivo / EL COMERCIO
Un examen especial de la Contraloría predetermina inconsistencias en el contrato de la adquisición de un helicóptero para el Cuerpo de Bomberos de Quito, sobre todo en el precio del contrato. El informe fue aprobado el 28 de marzo del 2018, por lo que corre el plazo de 90 días para los descargos antes de que haya una posible determinación de sanciones.
El estudio establece nueve conclusiones. Entre las más importante están: el costo de USD 2 millones, a pesar de que la aeronave haya sido traída previamente al Ecuador con un valor declarado de USD 300 000; que en el contrato no se haya exigido documentación sobre la propiedad efectiva de la aeronave; e incluso un posible conflicto de intereses.
Para la Contraloría, “existe una diferencia en el valor del bien de 1 700 000,00 US”. Según el ente de control, la aeronave llegó al país el 11 de noviembre de 2015, y su valor declarado en aduana fue de USD 300 000.
Finalmente, salió de suelo nacional el 22 de noviembre del 2016 hacia EE.UU.
En el informe del administrador del contrato, que está en los archivos del Sercop, se afirma que “con fecha 17 de noviembre de 2016 en la ciudad de Miami – Florida se suscribió el contrato Nro. IMP-CBDMQ-018-2016 entre la empresa Aeromaster SA. LLC y el CBDMQ para la adquisición de una aeronave (helicóptero)”.
Así, según Contraloría, el contrato de compra del helicóptero se firmó cinco días antes de que saliera de Ecuador con rumbo a EE.UU.
Por esta razón, Contraloría explica en la novena conclusión del examen especial que “el helicóptero al encontrarse ingresado en el Ecuador bajo el régimen de admisión temporal para reexportación en el mismo estado no podía ser comercializado”.
El jefe de los Bomberos de Quito, Ever Arroyo, ante eso, explicó: “la DAC (Dirección de Aviación Civil) dice que la nave estuvo aquí desde el año 2015, pero con un régimen de leasing (arrendamiento), y después la empresa para vendernos hace el cambio de la figura jurídica, obviamente nos vende en USD 2 millones y la empresa tendrá que facturar los impuestos”.
Arroyo aduce que los USD 300 000 no corresponden al precio del helicóptero, sino a un arrendamiento.
“Respecto al costo del helicóptero, que se afirma sería de USD 300 000, se aclara que este no corresponde a un valor de compra, sino a un servicio de arrendamiento realizado entre particulares antes de la compra del mismo y por ello aparece la diferencia de USD 2 millones que sí corresponden al valor de compraventa comercial de la aeronave”, dijo Arroyo.
“La nave -dijo Arroyo- entra al país como arrendamiento, no como compraventa (…) Es por esto que causa terrible indignación al CBQ. Un error, que quiero asumir que sea de buena fe, malinterpreta que hubo un sobreprecio de USD 1,7 millones”.
Otra de las conclusiones del examen especial de la Contraloría es que el presupuesto referencial no fue resultado de un estudio de mercado, sino que se efectuó con dos pro formas. Una de las empresas ofertantes Aeroleasing entregó una pro forma de 2,56 millones, mientras que Aeromaster por USD 2 millones. La oferta más baja fue la que ganó.
“El Asesor Técnico de la Comandancia y el Director de Operaciones Bomberiles Aéreas no evidenciaron que el presupuesto referencial sea el resultado de un estudio de mercado que garantice la calidad y racionalidad del gasto, sino que se solicitó dos pro formas internacionales”, dice el examen especial.
Tras esto, en la conclusión 5, Contraloría explica que en el contrato no se establecieron procedimientos para verificar al propietario del bien.
“Según el certificado de matrícula provisional emitida por el Registrador Aeronáutico y el Director General de Aviación Civil, el helicóptero fue de propiedad de Aeroleassing Corp.; información que no consideró la Comisión Técnica, y recomendó realizar la negociación al único proveedor, perfeccionando la adjudicación a favor de la empresa Aeromaster S.A., sin conocer el nombre del propietario y estado aduanero”.
La última conclusión importante se refiere a un posible conflicto de intereses. Contraloría explica que el Director de Operaciones Bomberiles Aéreas se desempeñó como Gerente General de Aeromaster. Este funcionario además participó como miembro de las Comisiones Técnicas que verificaron el aparato, fue administrador del contrato, miembro de la Comisión de Recepción y, además, suscribió el acta de entrega-recepción de la aeronave.
Éver Arroyo dijo que ese funcionario no tenía impedimento: “El señor reconoce que trabajó para esa empresa en el 2004. No existe jurídicamente ninguna prohibición. El artículo 6 de la Losep y el 380 del Cootad hablan de que haya máximo un año anterior a esto. Entonces, ¿por qué juzgamos a una persona porque haya trabajado en una empresa? ¿O sea todos aquí somos delincuentes?”.