Horarios, placas: así debe circular en Quito en la primera semana de agosto

En Quito, los agentes de la AMT multan a los conductores que incumplan con la medida Hoy no circula. Foto: Diego Pallero/ EL COMERCIO

La primera semana de agosto arranca este lunes y en Quito los conductores deben revisar cómo se mantienen las restricciones al tránsito de los vehículos particulares, como una medida dispuesta por el Municipio para contener la pandemia del covid-19.

En la capital rige la medida Hoy no circula, que regula el paso de automotores en las vías durante los distintos días de la semana según el último dígito de la placa vehicular.

Este lunes 2 de agosto del 2021 tienen restricción para movilizarse los vehículos cuya placa termina en 0, 1, 2 y 3. El martes 3 están prohibidos de circular los automotores con registro metálico que termina en 2, 3, 4 y 5.

Para el miércoles 4 no deberán transitar las placas finalizadas en 4, 5, 6 y 7. El jueves 5 de agosto tienen restricción los vehículos particulares que tengan registro metálico terminado en 6, 7, 8 y 9; y el viernes 6 no podrán salir los que tengan como último dígito 0, 1, 8 y 9.

La medida restrictiva se aplica desde las 07:00 hasta las 19:00. Cuando concluya ese horario todos los vehículos pueden transitar.

¿Quiénes pueden circular pese a la restricción?

El Municipio estableció como excepciones de la restricción a las personas que circulen solo cuando pertenezcan a los sectores estratégicos, delivery, así como a los que tienen asignado el turno para la vacunación o revisión vehicular. Además, podrán movilizarse en estos casos:

  • Oficiales del Presidente y Vicepresidente de la República.
  • Oficiales del Cuerpo Diplomático y Consular acreditado ante el Gobierno.
  • Transporte de personas con discapacidades.
  • Vehículos conducidos por personas de la tercera edad.
  • Vehículos de emergencias: ambulancias públicas o privadas, motobombas y/o rescate del Cuerpo de Bomberos y automotores de la Policía Nacional en cumplimiento de su misión específica y vehículos de rescate o asistencia social.
  • Vehículos de transporte colectivo de personas: público (buses urbanos e interparroquial, Sistema Metrobús Q); comercial (escolar, institucional, turístico); y, por cuenta propia (iniciativa empresarial); legalmente registrados.
  • Automotores de transporte comercial rural.
  • Vehículos híbridos.

En los casos antes mencionados, los ciudadanos deben portar los documentos o credenciales que acrediten que pertenecen a esos sectores mencionados.

Multa por irrespetar el Hoy no circula

Los conductores que incumplan con la restricción recibirán una multa y el vehículo será retenido y trasladado al patio de retención. La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) informó que en este caso, se impondrá una multa del 50% de un Salario Básico Unificado, es decir USD 200.

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