El Concejo aprobó la creación de las empresas públicas

El Concejo Metropolitano aprobó la Ordenanza para la creación de Empresas Públicas Metropolitanas.

Anteriormente, la Comisión de Planificación Estratégica y Participación Ciudadana emitió un dictamen favorable al proyecto de la ordenanza. La normativa fue aprobada en segundo debate por el Concejo.

Con la vigencia de esta normativa se extinguen las empresas metropolitanas o municipales. Según el Municipio, las nuevas empresas públicas metropolitanas asumen todas las funciones, actividades, derechos y obligaciones de aquellas a las que sucedieron jurídicamente. Es decir, asumen los derechos litigiosos, obligaciones y acciones de esas instituciones.

Ahora, el Municipio efectuará las asignaciones y transferencias presupuestarias que se requieran para el funcionamiento y gestión de las empresas públicas metropolitanas creadas.En un comunicado del Municipio se explica que el cambio de denominación no incluye la sustitución de los miembros de los directorios, quienes fueron ratificados en sus cargos.

Así las empresas municipales ahora deben añadir a sus nombres institucionales la palabra pública. Por ejemplo, la Empresa Municipal de Movilidad y Obras Públicas, ahora se denomina Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmo-q).

Para la aprobación de esta Ordenanza, el Concejo consideró el artículo 315 de la Constitución, que establece que el Municipio del Distrito tiene la facultad de crear empresas públicas para la gestión de servicios estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de actividades económicas que le corresponden.

Al Concejo Metropolitano, de conformidad con el artículo 8, de la Ley Orgánica de Régimen para el Distrito, le corresponde resolver la constitución de empresas públicas, la concesión de servicios públicos al sector privado. Asimismo, la participación en otras empresas con capital privado para prestación de servicios, ejecución de obras.

Además, la Ley Orgánica de Régimen Municipal establece que los bienes municipales de dominio privado deben administrarse con criterio empresarial para obtener el máximo rendimiento financiero posible.

El proceso de transición de las empresas públicas no interrumpirá su capacidad operativa y administrativa.

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