Entrevista del día. José Brito. Consultor y asesor en educación.
¿Los aportes voluntarios que piden los comités de padres de familia en los colegios públicos se contraponen al concepto de gratuidad de la educación?
[[OBJECT]]La gratuidad implica que los padres no deben pagar por el costo de la educación, eso es deber del Estado. Al comité de padres de familia, como ente privado (algunos tienen estatutos), nada le impide el derecho para tener fondos. Son asociaciones de derecho privado. Hay casos en los cuales se les cuestiona la falta de informes y transparencia en el manejo de los recursos, eso es otro tema.
¿Pero por ser entes de derecho privado pueden condicionar la matrícula del estudiante al aporte?
No, no pueden. Nadie puede condicionar el ingreso, admisión o matrícula de un estudiante. Si los padres se convocan en forma autónoma y libre, pueden buscar mecanismos para crear fondos, a través de aportes de los padres, pero no pueden condicionar el ingreso, estabilidad y seguridad de los chicos. Si lo hacen, ahí sí violan las normas educativas vigentes y las autoridades de los planteles no deben admitirlo. Posiblemente, las autoridades se ven llamadas a apoyar al Comité cuando sus miembros quieren construir obras para el plantel.
Si la Ley de Educación no regula a los comités de padres de familia, ¿quién debe hacerlo?
En la Ley de Educación no se contempla nada respecto de las asociaciones de padres de familia, pero sí ratifica la gratuidad de la enseñanza. Los padres sí pueden asociarse y solicitar aportes, siempre que estos no afecten a los estudiantes y bajo mecanismos reglamentarios, legales y estatutarios. Lo que está mal es que se aprovechen de la institución para obtener fondos.
¿Ya en la práctica se ha detectado esa tergiversación?
No se debe permitir. Está en manos de los directores de cada plantel, de las direcciones provinciales y secretarías municipales de Educación. Las cosas funcionan así por falta de un reglamento específico que regule a los comités de padres. Hay varios puntos que se deben definir. Por ejemplo, ¿al ingresar a un plantel, automáticamente, todos los padres deben pertenecer al comité?
En realidad, no se los consulta, está sobreentendido.
Ese es el error. Es como decir que todo maestro pertenece a la UNE. Cada persona es libre de decidir a qué institución u organización pertenecer o no. El problema es que si algún padre de familia reclama y pide que no le tomen en cuenta en el comité, su hijo se quedaría exento de beneficios que los padres dan, como los agasajos. Son cosas puntuales que deben estar normadas. El reglamento debe aclarar estos aspectos, para evitar inconvenientes.
En su opinión, ¿los comités funcionan a libre albedrío?
Sí. Funcionan por ciertos acuerdos que llegan entre los padres. El reglamento debe normar la vida institucional de la asociación de padres, incluido el manejo económico. Los padres tienen derecho a conformarse y buscar fondos, pero no a condicionar.
Si el deber del Estado es garantizar la educación gratuita y de calidad, ¿por qué los padres acuden a estas aportaciones voluntarias?
Los padres piden para agasajos, campeonatos deportivos, apoyo a las selecciones deportivas o para excursiones. Hay un montón de cosas que no constan en el presupuesto escolar y ese es el eje de acción de los comités. No está mal que los padres se reúnan y decidan aportar para comprar una medalla al mejor deportista de la institución. Nadie lo puede impedir, es un derecho.
Una de las quejas de los padres de familia es que las decisiones las toma un reducido número de personas. ¿Eso también se debe normar?
Ese es el problema de la democracia, siempre deciden tres personas sobre los demás. Por eso es necesario que haya estatutos. Hay suficiente experiencia para que se elabore un reglamento práctico y viable que disminuya este tipo de problemáticas.
¿Al no haber un reglamento para todos, cada plantel debería elaborar su propio estatuto?
Sí. Los estatutos deberían ser aprobados por el Ministerio de Educación, que tendrá la posibilidad de corregir lo que está mal. Hay dos principios que hay que mantener: la posibilidad de asociarse libremente, y el respetar las decisiones individuales, sin afectar a los estudiantes y a la institución educativa.
El padre de familia que no esté satisfecho con las decisiones del comité, ¿a dónde debe acudir?
Nadie le puede obligar a algo que no quiere y peor condicionarlo. En primera instancia se debe acudir a las direcciones provinciales o secretarías municipales de Educación o hasta la Defensoría del Pueblo. Hay varios mecanismos para reclamar. Aquí hay una lucha entre mi derecho en constituirme en asociación y libremente decidir, y entre el derecho individual. Ahí también falta normativa específica.
¿POR QUÉ ESTÁ AQUÍ?
Su experiencia. Tiene 33 años como profesor de primaria, secundaria, pregrado y posgrado. Dirigió la reforma educativa de 1994. Es consultor y asesor de Educación.
Su punto de vista. Los padres de familia tienen el libre derecho de asociarse, pero hace falta un reglamento que norme sus actividades y manejo de recursos.