Los pequeños negocios y las pequeñas y medianas empresas generan el 60% de la mano de obra en el país. Foto: Archivo / EL COMERCIO
El acuerdo entre partes contemplado en la Ley humanitaria para ajustar las condiciones económicas de los contratos laborales no es exclusivo para un determinado tipo de negocio o empleador. Micro y pequeños empresarios podrán aplicar esta opción, así como los grandes y medianos. Y son válidos para las trabajadoras remuneradas del hogar.
Aquello implica que los parámetros para concretar y mantener dichos acuerdos son iguales en todos los casos.
El texto aprobado el 15 de mayo pasado por la Asamblea Nacional, y que espera todavía el pronunciamiento del Presidente, no establece distinciones en ese sentido.
La primera de las cuatro condiciones mínimas para cambiar el contrato laboral es que los empleadores presenten los estados financieros de la empresa, “de forma completa, veraz e íntegra”, a sus obreros.
Si se trata de compañías medianas y grandes es más factible contar con esta documentación, no así cuando son micro y pequeños negocios, que en algunos casos no cuentan con registros de este tipo.
La misma situación se presenta con los patronos de trabajadoras domésticas, ya que la norma no especifica cómo deben proceder.
Una vez que la ley entre en vigencia, el Ministerio de Trabajo prevé emitir un acuerdo ministerial enfocado en pequeños negocios y empleadores de trabajadoras remuneradas del hogar, para efectos de la aplicación, supervisión y control de la normativa.
Luis Poveda, titular de la Cartera de Estado, no descartó que el tema pueda ser aclarado en el veto, si así lo decide el Presidente de la República.
La abogada Alexandra Cevallos sostiene que los empleadores que no cuenten con estados financieros pueden hacer declaraciones juramentadas notarizadas, donde den fe pública de su situación económica. Este documento servirá como una garantía legal para cualquiera de las dos partes.
Según la ley, los empleadores deberán presentar los sustentos de la necesidad de suscribir los acuerdos, para que el trabajador pueda tomar una decisión informada. Una vez suscritos, deberán ser presentados al Ministerio de Trabajo.
Los acuerdos se concretarán de forma bilateral y directa entre cada trabajador y el empleador. Si la mayoría de empleados se acogen, las nuevas condiciones regirán obligatoriamente para todo el personal. Si se producen despidos durante el primer año de vigencia de la ley, las indemnizaciones se pagarán con base en la última remuneración percibida por el trabajador antes de suscribirse el acuerdo.
El contenido laboral de la Ley humanitaria -reducción de la jornada y contrato emergente- es adecuado para las pequeñas empresas, sobretodo en aquellas con más riesgo, reflexiona Mauricio Miranda, titular del sector gráfico de la Cámara de la Pequeña Empresa de Pichincha (Capeipi).
No obstante, Miranda, quien también es ejecutivo de la empresa Prodedim, observa que la ley debe incorporar detalles más precisos y otras aristas que no están contempladas.
Por ejemplo, cómo aplicar los acuerdos cuando se trata de personas que están próximas a jubilarse. Además, cree que sería positivo exigir normas básicas de bioseguridad para el desarrollo de las tareas dentro de las compañías.
Otra sugerencia es crear incentivos para las empresas que contraten o mantengan personal. Y, facilitar los trámites para que los negocios puedan dar un giro en sus actividades tradicionales e iniciar nuevos proyectos, a fin de no cerrar.
Las empleadas domésticas, en cambio, ven un grave perjuicio en su contra con los acuerdos laborales, ya que con la reducción de la jornada ganarán menos. La Asociación de Trabajadoras Remuneradas del Hogar (ATRH) pidió al Ejecutivo vetar totalmente esta parte de la Ley, y que se cree un contrato especial para el sector. El gremio cree que la reforma no atiende el problema de informalidad, ya que muchas trabajadoras no llegan al básico y laboran sin contrato.
Maximina Salazar, titular del gremio, comenta que esta coyuntura pocos empleadores han respetado derechos de las trabajadoras como pago de la remuneración o de liquidaciones. La ATRH, además, pidió al Gobierno incluir al sector en el bono de protección.
Según datos el Ministerio de Trabajo, difundidos por CARE, en Ecuador 222 495 mujeres están en esta actividad, pero solo 62 447 tienen contrato.