La salida de De Mora se da en medio de un problema jurídico que impide la publicación de la Ley de Simplificación Tributaria en el Registro Oficial. Foto: Captura de pantalla cuenta Twitter @AsambleaEcuador
El prosecretario general temporal de la Asamblea, John De Mora, renunció a su cargo el 27 de diciembre pasado. Su salida se da en medio de un problema jurídico que impide la publicación de la Ley de Simplificación Tributaria en el Registro Oficial, para que sea aplicada desde enero del 2020.
Su decisión fue transmitida a César Litardo (AP), presidente de la Asamblea, a través de un oficio en el que expresa su agradecimiento al parlamentario, pero no especifica los motivos de su renuncia.
De Mora ocupó el cargo desde el 20 de mayo de 2019. Participó de la sesión 637, del pasado 17 de diciembre, en la que se produjo el inconveniente legal que hoy mantiene en una encrucijada a la Asamblea y por el cual el Pleno sesionará el 30 de diciembre, a las 14:00, para buscar una solución.
En la sesión 637, los asambleístas debatieron las 13 objeciones del veto presidencial a la ley aprobada por la Asamblea. La votación de esa jornada se dividió en tres partes. La primera incluyó 11 puntos, a los que la mayoría parlamentaria se allanó. En la segunda parte se trató un tema sobre migrantes, en el cual el Pleno ratificó en su decisión inicial y no aceptó el veto.
Por último, y aquí es donde surge el embrollo jurídico, se votó por un tema relacionado al cobro de impuestos en el pago de dividendos a inversionistas. En la votación se mocionó para que la Asamblea se ratifique en la ley aprobada, pero esto no obtuvo los votos necesarios. La jornada se cerró sin antes dejar en claro, y expresamente detallado, si ante el rechazo de la última ratificación los asambleístas se acogían al veto.
Esta falta de precisión impide que la reforma tributaria se publique en el Registro Oficial, ya que la legislatura no puede volver a debatir y votar el veto.
De Mora juega un papel clave en esta situación, puesto que según la Ley Orgánica de la Función Legislativa, una de las funciones del prosecretario general es ser responsable del manejo y archivo de los documentos de la Asamblea y del Consejo de Administración Legislativa (CAL) y de su publicación en el Registro Oficial, cuando corresponda.
Al respecto, el asambleísta Fabricio Villamar comentó en Twitter que “…es evidente que su certificación lo lleva a dos posibilidades: o se va a la casa o a capacha. El trámite del veto aún no concluye”.
La Ley de la Función Legislativa no aclara quién sustituirá la prosecretario general en caso de ausencia temporal o definitiva.