Procuraduría rechaza decisión del Tribunal de sacarlo del juicio contra Glas

Los abogados que representan a la Procuraduría en el juicio en contra de Jorge Glas fueron sancionados por el Tribunal Penal. Foto: Patricio Terán/ EL COMERCIO

Los abogados que representan a la Procuraduría en el juicio en contra de Jorge Glas fueron sancionados por el Tribunal Penal. Foto: Patricio Terán/ EL COMERCIO

La Procuraduría rechazó la decisión del Tribunal Penal de dejar fuera del juicio contra Jorge Glas a esta entidad. Foto: Archivo / EL COMERCIO

En un nuevo comunicado difundido este 6 de diciembre del 2017, la Procuraduría rechazó la decisión del Tribunal Penal de dejare fuera del juicio contra Jorge Glas a esta entidad.

La Procuraduría dice que si bien no se puede permitir que sus abogados no estén puntuales en las salas de audiencias, los miembros del Tribunal “no aplicaron en forma racional y proporcional la norma”. Dice que consideraron como abandono “un retraso de siete minutos, dejando afuera al acusador particular, cuando su actuación durante una audiencia de 11 días reflejaba su clara intención de actuar como acusadores, presentar alegatos y pruebas, como en efecto se lo hizo en todas las intervenciones del equipo de abogados de la Procuraduría”.

La entidad dice que en el evento de que fuera aceptable la declaratoria de abandono de la acusación particular, el Tribunal “nunca debió retirar de la audiencia y enviar al público a los abogados de la defensa del Estado”, porque los juristas “tienen el derecho” de intervenir en la audiencia. “El legislador fue claro al darle derechos a la víctima aún si no fuere acusador particular y ese derecho debió respetarse”.

La Procuraduría también aclaró que aún en el evento de que la acusación particular se declare abandonada, “la víctima tiene el derecho a la reparación integral y en este caso el Estado como víctima, tiene el derecho a la reparación integral que no puede verse perjudicada por la falta -no justificable- de un delegado en la audiencia”.

Según la entidad, en la sentencia el Tribunal “debe declarar haber comprobado la infracción y la responsabilidad de los acusados, así como el daño y su cuantificación que ha sido probado y debe ser establecido como reparación integral a favor del Estado, para lo cual no es imprescindible el que exista una acusación particular”.

La Procuraduría rechazó la decisión del Tribunal “al no respetar el derecho de la víctima a intervenir en todas las audiencias”. Sin perjuicio de la decisión tomada por el Tribunal, “el Estado no ha perdido su condición de víctima”, señaló el ente.

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