Una vez que el Estado ecuatoriano cancele la indemnización a favor de Emilio Palacio y los directivos de diario El Universo, la Procuraduría General del Estado (PGE) iniciará el proceso de repetición en contra de los funcionarios que tuvieron responsabilidad en la condena.
Ese recurso, según lo explicó el procurador Íñigo Salvador, establecerá quién tendrá que reembolsar al Estado esos USD 400 000, después de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) del 21 de diciembre pasado.
En el 2011, Palacio y los principales del rotativo guayaquileño Nicolás Pérez Lapentti, César Enrique Pérez Barriga y Carlos Eduardo Pérez Barriga, enfrentaron un proceso penal por el delito de injuria calumniosa contra autoridad.
Como consecuencia fueron sentenciados a tres años de cárcel y se impuso una multa de USD 40 millones. La sentencia fue ratificada en tres instancias judiciales.
La Corte IDH estableció que eso violó tres derechos fundamentales: libertad de expresión, circulación y residencia y la estabilidad laboral.
Respecto a la libertad de expresión la Corte recordó que para un discurso que está protegido por su interés público, como aquel sobre la conducta de funcionarios en el ejercicio de su trabajo, el derecho penal no es “convencionalmente procedente para proteger el honor del funcionario”.
En la sentencia también se resalta que el monto que se exigió como parte de la querella, “por sí mismo, constituyó una sanción evidentemente desproporcionada en relación con el bien jurídico protegido”.
Sobre la circulación y residencia, el organismo internacional dice que las acciones del Estado, la condena penal impuesta a Palacio y las declaraciones del entonces presidente Rafael Correa, generaron inseguridad y un temor fundado en la víctima.
Además, advirtió que no hay constancia de que el Estado haya tomado acciones para proteger a Palacio ante las amenazas que ocurrieron en su contra o de su familia.
Finalmente, la Corte determinó que se violó el derecho al trabajo. Respecto a esto, tanto la condena como las consecuencias de dicho proceso, entre ellas la confrontación con Correa, obligaron a Palacio a renunciar.
También se señala que las posibilidades para el ejercicio de la profesión de Palacio se vieron afectadas con posterioridad a su renuncia, por su imposibilidad de obtener empleo en Ecuador.
Otros derechos alegados por Palacio y los directivos no fueron considerados. Por ejemplo, no se violó el derecho a la libertad personal. No constituyó una restricción a ese derecho ya que la sentencia no fue ejecutada; además de que el entonces Presidente otorgó un perdón que extinguió la pena. Tampoco se vulnero el derecho a la propiedad, por la misma razón.
Sobre la participación del exprimer mandatario, Rafael Correa, Salvador dijo que determinar si será parte de aquellos funcionarios que reembolsen al Estado ecuatoriano el coste de la indemnización estatal le corresponde al nivel judicial.