Andrés Arauz, candidato a la presidencia de Unes, rechazó este 12 de enero del 2021 la decisión de la suspensión de la transmisión de los ‘spots’ publicitarios de su campaña en los que aparecía el expresidente Rafael Correa, condenado por corrupción. Foto: Diego Pallero/ EL COMERCIO.
El candidato presidencial de Unes, Andrés Arauz, rechazó este miércoles 13 de enero de 2021 la decisión de las autoridades electorales de suspender la transmisión de ‘spots’ de su campaña en los que aparecía Rafael Correa, expresidente condenado por corrupción.
“La única prohibición para spots publicitarios, respecto a la apariencia, la aparición de una imagen, es en el caso de niños, niñas y adolescentes. No hay esa prohibición (para otros) en spots publicitarios; se puede poner la cara, la imagen de quien sea”, señaló.
En una rueda de prensa, Arauz anunció que presentará recursos de apelación e impugnación incluso ante instancias internacionales sobre la prohibición dictada el martes 12 de enero del 2021 por la Delegación Electoral de Pichincha.
A su juicio, dicha orden “no tiene ninguna motivación”, a pesar de que la sentencia de ocho años de cárcel que pesa contra Correa, quien reside en Bélgica, incluye la suspensión de sus derechos de participación política por hasta 25 años.
Por otro lado, Arauz rechazó la decisión del CNE de exigir pruebas PCR para los veedores de las organizaciones políticas en los comicios del 7 de febrero de 2021. Sostuvo que “sin veedores habrá un fraude masivo”.
Suspensión de propaganda
La delegación provincial del Consejo Nacional Electoral (CNE) en Pichincha determinó, la noche del 12 de enero del 2021, la “suspensión inmediata” de la publicidad electoral de UNES.
Esto tras el debate que se abrió en Ecuador por la aparición del expresidente Rafael Correa en ‘spots’ publicitarios de los candidatos de esa coalición, en la provincia de Pichincha.
Los cuestionamientos adujeron que el exmandatario habría estado prohibido de hacer campaña al haber sido sentenciado a ocho años de prisión por el caso Sobornos 2012-2016 y por haber perdido los derechos políticos.
La resolución está firmada por Paulina Peña, directora electoral provincial. En el documento se indica que la Delegación realizó un informe técnico jurídico el 12 de enero, en él se dice que por disposición constitucional, Correa “quien interviene con imagen y voz en el contenido de publicidad electoral”, se encuentra inmerso en lo determinado en el artículo 64 de la Constitución.
Así, se precisa, se limita su participación como lo establece el artículo 61 numerales 2 y 8 de la misma Constitución, en concordancia con el artículo 68 del Código Integral Penal.
El artículo 64 de la Constitución establece que se suspenderán los derechos políticos por “sentencia ejecutoriada que condene a pena privativa de libertad, mientras esta subsista”.
El 61, en cambio, se refiere a los derechos de participación, los mismos que tras la sentencia por el caso Sobornos, Correa perdió.
Ayer, 12 de enero, en la mañana, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, había adelantado que solicitó al departamento jurídico del organismo que analice las “limitaciones que tiene un ciudadano privado de derechos políticos” para aparecer en los videos promocionales de campaña.
Atamaint dijo que, en el caso de legisladores, la autorización de la publicidad se emite en cada una de las 24 delegaciones provinciales. Añadió que la autorización del video en el que aparece Correa se dio en la Delegación Electoral de Pichincha. “Tengo entendido que en otras provincias no se ha dado la autorización“, comentó.
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