El oficialista Mauro Andino, presidente de la mesa de Comunicación acaba de enviar a Secretaría y a la Presidencia de la Asamblea el texto final para votación del proyecto de la ley de medios. Son 128 artículos y 16 disposiciones transitorias. Menos de 50 cambios. Entre ellos, el referido a la profesionalización.
El artículo 40 dice:
Todas las personas ejercerán libremente los derechos a la comunicación reconocidos en la Constitución y esta ley a través de cualquier medio de comunicación social.
Las actividades periodísticas o de comunicación social de carácter permanente, independientemente del cargo o nivel de las mismas, deberán ser desempeñadas por profesionales en periodismo o comunicación, con excepción de los editorialistas y columnistas de opinión y los redactores o columnistas de secciones especializadas en ciencias, artes, letras y religión.
Las personas que realicen programas o actividades periodísticas en las lenguas de las nacionalidades y pueblos indígenas, no están sujetas a las obligaciones establecidas en el párrafo anterior.
En las entidades públicas los cargos inherentes a la comunicación serán desempeñados por comunicadores o periodistas profesionales.
Y en una de las transitorias se indica: Quienes estén trabajando en medios de comunicación social tienen plazo de 6 años para cumplir las obligaciones establecidas en el segundo párrafo del Art. 40 de esta ley. Los medios de comunicación otorgarán las facilidades de horario y de cualquier otra índole que se requieran para tal efecto.