Jhossueth Almeida: ‘Ya se verán los votos para aprobar veto a Ley de Comunicación’

Jhossueth Almeida director de asuntos regulatorios de la Secretaría Jurídica de la Presidencia . Foto: EL COMERCIO

¿Qué viene luego de la presentación del veto parcial mixto a las reformas a la Ley de Comunicación?

Lo que viene ahora es: primero, el pronunciamiento de la Corte Constitucional. Tiene 30 días para resolver sobre los 17 artículos objetados por inconstitucionalidad. Luego de eso, los 34 artículos restantes van a la Asamblea.

¿Ahí terminó el rol del Ejecutivo?

El rol del Ejecutivo terminó en cuanto al mecanismo legal y de presentación de la objeción. Pero ahora viene el rol del diálogo, de conversar con las distintas fuerzas políticas, el rol de conversar con la ciudadanía. Pero en lo estrictamente legal, claro, el rol terminó con la presentación de la objeción.

¿Cuál será la estrategia en la Asamblea?

Está abierta la estrategia del diálogo, que siempre es la bandera del Gobierno. Hay algo muy importante. Recordemos que antes de aprobar la Ley, primero, se debatió un informe de mayoría, con el apoyo de algunas fuerzas políticas.

Nosotros recogimos mucho de ese informe de mayoría para integrarlo en nuestra objeción. Así que nosotros creemos que varias bancadas de la Legislatura van a encontrar cuáles son sus intereses, sus principios sobre ese tema en particular.

¿Qué hubiese implicado un veto total?

Una objeción total hubiese implicado que en el término de un año, la Asamblea podía ratificarse en el texto original sin que mediara opción de opinión alguna de parte del Presidente. Por eso, nosotros estimamos que lo responsable es enviar una objeción por inconstitucionalidad y una objeción parcial. Luego, el tema de los votos ya se verá.

Pero los gremios periodísticos pidieron un veto total. ¿A qué lo atribuyen?

En alguna medida había personas que pensaban que la objeción total implicaba la derogatoria completa de la Ley de Comunicación.

¿Qué escenarios manejan para una resolución en la Asamblea?

Los escenarios que están sobre la mesa son los que dispone la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa. La Asamblea puede ratificarse sobre el texto originalmente aprobado con las dos terceras partes, puede allanarse a nuestra objeción, con la mayoría de los legisladores. Y hay el tercer escenario, que si no hay los votos pasa por el ministerio de la Ley.

¿Qué les hace pensar que en la Asamblea no habrá los 92 votos para ratificarse en el texto inicial?

Nuestra argumentación la estamos atando con los estándares universales de derechos humanos, los estándares interamericanos, tenemos criterios de la Relatoría de Libertad de Expresión, y nuestra argumentación es potente, esperamos que sea aceptada por los legisladores. Apelamos mucho a la razonabilidad, apelamos a la argumentación y a la completa y total vigencia de los derechos.

En la Ley de uso de la fuerza, la Asamblea rechazó todas las objeciones…

Bueno, la Asamblea aprobó una de nuestras objeciones, probablemente la más importante. Pero al margen de eso, hay temas y temas, principios y principios.

Pero, ¿tampoco habría los 70 votos para que el Pleno se allane a las objeciones…?

Si es que esa es la situación, al final del día operaría la consecuencia jurídica del ministerio de la Ley.

¿Y eso que implicará?

Implica que entra en vigencia la Ley integrando completamente la objeción remitida por el Ejecutivo, aparte de lo que la Corte Constitucional pueda haber decidido.

¿Qué les hace pensar que la Corte va a aceptar las 17 objeciones?

La Corte es un ente técnico-jurídico. Nuestra confianza está en la fuerza de la argumentación. Nos basamos en sentencias del Sistema Interamericano, la sentencia reciente del caso Emilio Palacio contra Ecuador, donde la Corte Interamericana hizo énfasis en el nivel de protección legislativa que tiene que tener el ejercicio de la libertad de expresión y opinión, que nadie puede ser censurado por sus opiniones. Nos hemos basado en jurisprudencia de la propia Corte.

¿Qué identificaron en el texto aprobado por la Asamblea?

Para nosotros fue muy lamentable encontrar que había disposiciones que abrían la puerta a mecanismos de control sobre el ejercicio periodístico. Por ejemplo, una disposición de la ley aprobada por la Asamblea implicaba el control de la verdad, que haya una Policía, un funcionario público que determina lo que es verdad y la mentira; la aprobación de un ente público de los planes comunicacionales de los medios también es gravísimo. Esa es una forma de autocensurar a los medios, antes incluso de que entren en funcionamiento.

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