La Segunda Sala Penal del Guayas dio paso al recurso de hecho de Emilio Palacio, ex editor de Opinión de El Universo, hacia la Corte Nacional de Justicia. Con el traslado del pedido “se suspende la ejecución de la sentencia dispuesta para el querellado”, según una providencia que la Sala notificó ayer.
El 20 de septiembre pasado, la Sala ratificó por mayoría la condena de tres años de prisión contra Palacio y los directivos del diario, Carlos, César y Nicolás Pérez. Además del pago de USD 40 millones de indemnización para el presidente Rafael Correa.
Luego de esto, el 4 de octubre, los conjueces Hellen Mantilla y Henry Morán solo dieron paso a los recursos de casación interpuestos por El Universo y sus directivos a la Corte Nacional. Ese día, excluyeron el pedido de casación del ex editor y mandaron a ejecutoriar la pena en su contra. Ante eso, la defensa interpuso el recurso de hecho que permitirá a la Corte Nacional analizar el proceder de los magistrados.
Los conjueces Morán y Mantilla decidieron despachar el último pedido de Palacio “con el objeto de que no se piense que se quiere angustiar a la defensa o de alguna parcialidad de este Tribunal”. También, aclararon que envían el recurso de hecho aunque “de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico no es procedente”.
En la misma providencia, el juez Guillermo Freire salvó su voto y reiteró que anteriormente “mi criterio fue conceder el recurso de casación” de Palacio.
En la notificación dice que los magistrados de la Corte Nacional deberán decidir “la procedencia o no de este recurso de hecho y sobre los recursos de casación de los demás querellados”. Por sorteo, una de las dos salas penales analizará los pedidos en la querella por presunta injuria calumniosa que interpuso el Presidente.
La abogada de los hermanos Pérez, Mónica Vargas, dijo que el recurso de hecho de Palacio debe despacharse antes que los de casación. “Si resuelven el recurso de hecho favorablemente, Emilio entra en el estudio de la casación junto con nosotros”, explicó.
Según el artículo 322 del Código de Procedimiento Penal, si la Corte Nacional aceptara el pedido de hecho, los jueces que “ilegalmente” negaron el recurso de casación deberán pagar una multa equivalente a la mitad de un salario mínimo (USD 132). Pero si fuera desechado por falta de fundamentos, Palacio deberá cancelar una sanción de máximo tres salarios mínimos (hasta 792).
Morán y Mantilla negaron el pedido de casación de Palacio por “improcedente” luego de declarar en abandono los recursos de ampliación y nulidad que lo llevaron a segunda instancia. Sin embargo, la defensa de Palacio considera que el pedido debía ser remitido por haber sido presentado “dentro del término de la ley”.