Parece que la Ley de Comunicación no resultó suficiente. Su polémica aplicación está sentando precedentes peligrosos para el ejercicio del periodismo dentro de un marco de libertad. Se están dinamitando conceptos básicos de los procesos de elaboración de los contendidos informativos en medios privados. Interpretar que el interés de una fuente noticiosa corresponde necesariamente al interés público o general, resulta por lo menos insensato.
Esta semana diario La Hora fue sancionado por la Superintendencia de Comunicación por supuesta censura previa, al no publicar toda la información que el Alcalde de Loja quería sobre su rendición de cuentas, a la que atribuía el carácter de interés general.
Aunque los directivos del rotativo anunciaron que se acogerán al derecho a la resistencia para no someterse a una sanción, que tiene un alcance mayor al de una simple multa, pues supone que el posible sujeto de una información sea quien en un momento dado pretenda definir contenidos editoriales de acuerdo con su conveniencia, en este caso, muy seguramente política.
Aquella pretensión, por supuesto, menosprecia los códigos deontológicos que inspiran el trabajo periodístico y que sostienen la credibilidad de cada medio de comunicación. Desconoce el ejercicio profesional para la elaboración de agendas en las redacciones de los medios y los conceptos de plena independencia editorial.
Por eso la gravedad del asunto. La nueva Ley de Comunicación, aprobada hace casi dos años, de por sí creó un marco restrictivo para el ejercicio libre de la prensa. Ahora se suman las dudas que puede generar la manera cómo se aplican determinadas sanciones (más de un centenar, el año pasado, según la propia Superintendencia de Comunicación).
En el caso de La Hora, hay una resolución en contra del medio, a pesar de que la ley define con claridad los parámetros de lo que se consideraría información de interés general. Grave.