Las medidas cautelares, que dejan sin efecto las reformas al Código de la Democracia, en el tema de las restricciones a la prensa, estarán vigentes hasta que el pleno de la Corte Constitucional (CC) se pronuncie sobre las cinco demandas de inconstitucionalidad que llegaron a este organismo.
A través de un veto presidencial, que la Asamblea Nacional no pudo debatir, el Gobierno dispuso que durante la campaña electoral los medios de comunicación tengan restricciones en su publicación de temas. También cambió el método de asignación de escaños, que favorece a los grupos mayoritarios. Así como incluyó reglas ambiguas para el uso de recursos estatales.
Estos cambios inspiraron las demandas de inconstitucionalidad. Una de ellas fue la de la Unión Nacional de Periodistas (UNP). Esta dará paso a la aplicación de medidas cautelares desde este martes.
La CC no tiene plazo para determinar si los artículos electorales cuestionados por la UNP son o no inconstitucionales. Podría resolver este caso antes de las elecciones de febrero del 2013, durante ese proceso o después de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) proclame resultados.
Por eso cobra importancia la decisión de los jueces constitucionales de la Sala de Admisión: Nina Pacari, Alfonso Luz Yunes y Patricio Herrera. Ayer se confirmó que los tres habrían aceptado, por unanimidad, a trámite la demanda de la UNP. Ese gremio cuestiona el artículo 203 del Código de la Democracia que limita las coberturas periodísticas.
Por eso, los tres jueces determinaron, como medida cautelar, suspender provisionalmente la aplicación de esa norma. Estas medidas estarán vigentes una vez que las partes sean notificadas.
Ayer por la mañana, el presidente de la UNP, Vicente Ordóñez, y el jurista Santiago Guarderas acudieron a la CC para saber de su demanda y esclarecer la declaración que el juez Luz Yunes dio el jueves en Guayaquil. Él aseguró que ya existía una resolución favorable a la UNP, pero que el titular de la Corte, Patricio Pazmiño, no quiera ordenar la notificación.
Guarderas y Ordóñez estuvieron en el despacho de Pazmiño. Él aseguró que no tiene ninguna participación en la Sala de Admisión. “En el momento que las partes sean notificadas, entran en vigencia las medidas cautelares”. Esta notificación no llegó a las partes, hasta el cierre de esta edición.
En este punto existen contradicciones en la CC. La secretaria de la Sala de Admisión, Marcia Ramos, aseguró que la notificación no pudo ser enviada a las partes porque el magistrado Herrera pidió, el día en que la Sala conoció la causa, el expediente para revisarlo. Así que mientras Herrera no haga llegar su pronunciamiento “yo no puedo notificar”, dijo.
Pero el juez Herrera, que fue abordado por la prensa a la salida del despacho de Pazmiño, confirmó que la causa de la UNP fue admitida por los tres jueces de la Sala “por unanimidad”.
Si la versión de Ramos es correcta y Herrera pidió el expediente para analizarlo, el plazo para pronunciarse terminará el lunes próximo. Y, al siguiente día, las partes serán notificadas.
Pazmiño explicó que la conformación de las salas de admisión tiene una duración de 30 días y que terminado ese período los jueces que la conforman deben remitir a la Secretaría del Pleno las causas aceptadas, para el sorteo de los jueces sustanciadores.
El trámite saldrá de Admisiones hasta el 8 de marzo. Así, la decisión final sobre la inconstitucionalidad de la norma quedará en manos del Pleno de la CC. Guarderas asegura que vigilarán el respeto de las normas jurídicas y la objetividad de las decisiones.
Mientras la demanda de la UNP avanza, la Sala de Admisiones aún no se pronuncia sobre las otras cuatro demandas de inconstitucionalidad en contra del Código de la Democracia (ver puntuales). En este punto, los jueces deberán identificar si el espíritu de estas demandas es similar al de la UNP; para -de esa forma- dictar nuevas medidas cautelares y, de ser el caso, unificarlas.
Los argumentos que utilizó la UNP en su demanda son: que el veto de Correa contempló temas que no se trataron en el Pleno de la Asamblea. Y que se viola la libertad de expresión. Los otros demandantes usaron argumentos similares en sus causas.
Las otras demandas
Fundamedios, junto con la Aedep, presentó una demanda sobre los artículos 203 y el 205
del Código, por considerar que atentan contra las libertades de expresión e información, al limitar el trabajo de la prensa.
Alianza Libertad presentó otra demanda de inconstitucionalidad por considerar que las reformas atentan contra la libertad de expresión y además por la ambigüedad en la norma que regula el uso de recursos público en campaña.
El MPD y el Prian cuestionan, los ataques a las libertades, la aplicación de un método de asignación de escaños que beneficia al oficialismo y la posibilidad de que funcionarios públicos no necesiten licencia para la campaña.
El artículo en suspenso
Incluido en el Código de la Democracia mediante veto
Artículo 203
Los medios de comunicación se abstendrán de hacer promoción directa o indirecta, ya sea a través de reportajes, especiales o cualquier otra forma de mensaje, que tienda a incidir a favor o en contra de determinado candidato, postulado, opciones o tesis políticas.