Dos artículos del Código de la Democracia se encuentran suspendidos por la decisión de dos jueces de la Sala de Admisiones de la Corte Constitucional (CC). Se trata del 164, que determina los métodos de la asignación de escaños, y el 203, que pone límites al ejercicio periodístico durante la época electoral.
Los jueces de la Sala de Admisiones de la CC, Nina Pacari y Alfonso Luz Yunes, decidieron acumular las cinco demandas de inconstitucionalidad que fueron presentadas a la reforma electoral impulsada por el Ejecutivo. Esto ocurrió luego del veto presidencial, el cual estableció nuevas reglas electorales.
Estas demandas fueron presentadas por la UNP, Fundamedios, el Prian, MPD y Alianza Libertad. Los cinco sectores criticaron que la nueva reforma atentaba contra los derechos de participación, además de la libertad de expresión y de información.
“Esta Sala considera que la demanda de acción de inconstitucionalidad reúne los requisitos de procedibilidad establecidos en la Constitución”. En vista de eso dispusieron las medidas cautelares, que estarán vigentes hasta que el pleno de la CC se pronuncie sobre la legalidad de los artículos cuestionados.
Sin embargo, esta decisión no fue compartida por el juez de la Sala, Patricio Herrera. El Magistrado dijo que en la petición de suspensión provisional de las normas “no existe actualmente una amenaza que pudiera vulnerar derecho constitucional alguno” .
Ahora se deberá sortear un juez sustanciador de las cinco causas unificadas “por economía procesal”. Su informe será analizado por el Pleno de la Corte, quien determinará si los artículos criticados y sobre los que hay medidas son o no inconstitucionales.