Rectificación: A pedido de Gustavo Merino, Consejo de Participación Ciudadana

En la nota "2 vocales del CNE dejarán sus cargos vía sorteo", publicada el 3 de abril, se afirma que: "El Reglamento también dispone que si hay vocales que voluntariamente opten por dejar su cargo, el sorteo ya no sería necesario".

Sin embargo, en ninguna parte de la nota referida se nombra reglamento alguno, por lo cual solicitamos comedidamente que se indique a qué reglamento se refieren. Para aclarar el tema del procedimiento de renovación de las y los consejeros del CNE se establece -como lo recoge la nota con claridad-, la disposición transitoria undécima: "Durante el tercer año de funciones se realizará un sorteo entre quienes integren el Primer Consejo Nacional Electoral, para determinar cuáles de sus miembros deberán ser reemplazados conforme la regla de renovación parcial establecida en la Constitución".

Nota de la Redacción: En efecto, se produjo una confusión al usar de manera inapropiada el término 'Reglamento' para referirnos al mecanismo de este sorteo. Ofrecemos disculpas al Cpccs y a nuestros lectores.

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