El Consejo de Administración Legislativa empezó el trámite del proyecto de reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Su autora es la presidenta de esta Función, Gabriela Rivadeneira y tiene 43 artículos.
Posee seis ejes fundamentales. Uno de ellos es la consolidación de las unidades técnicas de la Asamblea, como la Legislativa, la de Fiscalización y Control Político, la de Control de la Ejecución Presupuestaria y la Escuela Prelegislativa.
Un segundo aspecto de las modificaciones es tener procedimientos claros para la consulta prelegislativa cuando se podría afectar derechos colectivos. Además, “una prevención de normas relativas al indulto, la amnistía, fuero e inmunidad parlamentaria“.
Los tres aspectos restantes tienen que ver con normas internacionales; procedimientos en caso de ausencia de legisladores, recesos, mociones, forma de votación, derechos y obligaciones de los diputados.
No es la primera vez que se intenta cambiar esta Ley. Entre 2011 y 2012 se lo quiso hacer tras año y medio de debate. Y aunque hubo acuerdos, no se concretó ningún cambio.
Según recuerda el exlegislador César Montúfar, el Palacio de Carondelet planteó un amparo en la Corte Constitucional, que dictaminó que toda reforma a la Función Legislativa debe pasar por el conocimiento del Ejecutivo.
Aquella reforma pretendía modificar aspectos esenciales de los trámites legislativos, como destrabar los procesos de fiscalización. Se proponía, por ejemplo, que solo el Pleno de la Asamblea podría archivar los casos. Además, extender la vigilancia a los secretarios y no solo a los ministros.
Una tercera reforma pretendía cambiar el procedimiento de aprobación de una ley. Así, se planteaba que la votación no sea sobre el informe de la comisión encargada del análisis. También se impedía que el legislador ponente tuviese la facultad discrecional de incluir temas que no fueren discutidos en el Pleno.
Sin embargo, para Rosana Alvarado (A. País), primera vicepresidenta del Parlamento, si bien aquella reforma no prosperó por el dictamen de la Corte, “se la vetó porque fue básicamente un mecanismo de defensa frente a la manipulación de la que fue objeto una ley, que terminó en manos de todo y de nadie”.
Con la reforma presentada por Rivadeneira, la Comisión de Participación Ciudadana será la encargada de remitir su primer informe.
Por lo pronto hay puntos polémicos, como aquellos que replantean el significado de la inmunidad parlamentaria, en un contexto donde aún queda la impronta del caso del exasambleísta de Pachakutik, Cléver Jiménez, quien fue juzgado penalmente sin que el Pleno le retirase la protección.
Cuando su proceso ocupaba todas las tapas de los diarios, algunos miembros del oficialismo señalaron que se debía replantear los alcances y los límites de la inmunidad.
Al asambleísta Diego Salgado (Creo) le preocupa la forma en que el proyecto acota la inmunidad. Su texto especifica que un asambleísta no será responsable, penal ni civilmente, por opiniones, votos, decisiones ni por los actos “propios de la actividad parlamentaria”.
Para Salgado, ese texto es fruto de la necesidad de reaccionar ante la coyuntura, sin detenerse en el principio de que la legislación es general y que debe resistir al tiempo.
Por su parte, Montúfar cree que esa especificación contiene “una trampa” y que es”muy restrictiva” porque las funciones de un asambleísta no son solo parlamentarias, sino también políticas y de representación de sus votantes.
No tiene el mismo criterio Alvarado, para quien es necesario hacer delimitaciones sobre qué puede o no puede hacer un legislador. “La cátedra está permitida”, afirma, pero se pregunta si “¿tener una farmacia -es un ejemplo extremo- está prohibido mientras se legisla. Y en el caso de Jiménez, si se revisa la sanción de la jueza, no era una tarea legislativa”.
Finalmente, otro punto polémico de la reforma es que la Unidad Técnica de Fiscalización y Control Político pasa a ser “un órgano asesor técnico adscrito a la Presidencia de la Asamblea Nacional”.
D esde la oposición se sostiene que esta Legislatura no se caracteriza por fiscalizar, sino por convocar a funcionarios a que rindan informes, sin que los parlamentarios tengan derecho a preguntar.
En el oficialismo se sostiene que aquello que necesariamente debe ser planteado es qué significa fiscalización, que no es necesariamente sinónimo de juicio político.
“No es un problema de la Ley, sino de los votos”, sostiene Alvarado. En el Parlamento anterior hubo 17 procesos de fiscalización. Solo tres terminaron en juicios políticos: contra el exfiscal Washington Pensántez, los exvocales de la Judicatura y la exsuperintendenta de Bancos, Gloria Sabando. Ella fue censurada cuando ya había renunciado.
En contexto
El 21 de abril, la presidenta de la Asamblea, Gabriela Rivadeneira, presentó el proyecto a Rosana Alvarado, primera vicepresidenta. Siete días más tarde, la reforma llegó a Secretaría, para que se la difunda a los legisladores y se divulgue en el portal web.