El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) declaró la responsabilidad de Lucio Gutiérrez Borbúa, excandidato a asambleísta nacional por el Partido Sociedad Patriótica, por haber incurrido en violencia política de género. La denuncia fue interpuesta por Elsa Genoveva Guerra Rodríguez, excandidata a la misma dignidad por el Partido Socialista Ecuatoriano.
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Antecedentes del proceso contra Lucio Gutiérrez y hechos denunciados ante el TCE
La sentencia corresponde a la causa 021-2025-TCE. El juez Fernando Muñoz Benítez resolvió que existieron actos constitutivos de violencia simbólica, verbal e intimidatoria, al analizar las pruebas presentadas por la denunciante y los argumentos de defensa del denunciado.
Se establecieron medidas de reparación integral y garantías de no repetición.
Elsa Guerra presentó la denuncia el 30 de enero de 2025. Afirmó que durante un debate en la Universidad Ecotec, Gutiérrez respondió a una interpelación suya con expresiones como “los borregos sin cerebro repiten como loras“, y se levantó de su asiento para caminar hacia ella. La denunciante alegó sentirse intimidada.
La acción también incluyó publicaciones en la red social X y declaraciones posteriores en medios, donde Gutiérrez volvió a referirse a la candidata con términos despectivos. Guerra sostuvo que estas expresiones configuraron violencia política de género, al menoscabar su participación política en un contexto de alta exposición pública.
El denunciado justificó sus acciones como parte del intercambio político propio de los debates. Alegó que las expresiones fueron generalizadas, y que existieron provocaciones previas. También afirmó que ofreció disculpas a la denunciante tras el debate.
Determinaciones del TCE y elementos jurídicos
El juez Muñoz concluyó que los hechos denunciados se comprobaron mediante pruebas documentales, audiovisuales y declaraciones. Se determinó que el lenguaje utilizado por el denunciado incurrió en estereotipos de género, que constituyen una forma de violencia política sancionada por el artículo 279 del Código de la Democracia.
Se consideró que la conducta de Gutiérrez afectó no solo a la víctima directa, sino que podría generar efectos inhibitorios para otras mujeres en política. La sentencia reconoce la dimensión colectiva de este tipo de violencia y la necesidad de sancionar estos actos con el fin de garantizar la participación igualitaria.
La resolución incluye medidas de reparación para la denunciante y acciones orientadas a evitar la repetición de hechos similares. El Tribunal aplicó normas constitucionales y convencionales sobre derechos humanos para fundamentar su decisión.
Multa económica para Lucio Gutiérrez y medidas de reparación dispuestas por el TCE
El Tribunal Contencioso Electoral impuso a Lucio Gutiérrez una multa equivalente a 25 salarios básicos unificados del trabajador en general. Esta suma corresponde a 11 750 dólares, calculados a la fecha en que ocurrió la infracción.
Además, el Tribunal ordenó que Gutiérrez elimine de su cuenta de la red social X el mensaje del 26 de enero de 2025. También se dispuso que se abstenga de emitir cualquier comunicación sobre Elsa Guerra en relación con los hechos juzgados y que acuda a algún centro de capacitación para que reciba un curso de 60 horas en sensibilización de la violencia política de género.