Listo el registro para los medios
Ayer, el Consejo de Regulación de la Comunicación aprobó el Reglamento de Registro Público de los Medios. En la normativa se estableció que todos los canales de televisión, radios y medios impresos deberán registrar su información en un sistema informático que fue presentado también en Ciudad Alfaro, Montecristi.
La Ley de Comunicación establece la obligación de que el Consejo realice un catastro de los medios masivos. Para esto le concedió un plazo de 180 días desde la aprobación de la norma, que se cumplirán el 24 de enero próximo.
En la ley solamente se señala que se deberán registrar los datos generales de cada medio, pero el Consejo de Regulación consideró que se debe ampliar esta información, para "crear política pública", según dijo el presidente del Consejo, Patricio Barriga.
De acuerdo con el reglamento, todos los medios deberán incluir datos de su RUC, tipo de medio, dirección de sus oficinas, número telefónico, código deontológico, información del representante legal, de los accionistas, páginas web, entre otros datos.
A esto, los medios audiovisuales deberán también añadir los tipos de programas que se emiten, el origen del contenido que se difunde, el tiempo de pautaje publicitario que tiene sus programas, las frecuencias que tienen y las que los retransmiten.
Mientras que los diarios, revistas, boletines, deberán informar sobre el tipo de contenido que se difunde, las secciones en las que está dividido el impreso, los porcentajes de publicidad en cada sección.
A estos datos se suma la obligación de los medios de incluir datos laborales, como el número de trabajadores, los cargos que ocupan, el nivel de instrucción, cuántas mujeres trabajan, entre otros.
Desde ayer, hasta el 24 de este mes, los medios de comunicación masivos deberán subir sus datos a una plataforma digital creada, para cumplir con esta obligación, caso contrario podrían ser sancionados por el organismo competente.