La Relatoría para la Libertad de Expresión, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), considera que en el continente no se han hechos todos los esfuerzos para regular de manera integral el manejo de la publicidad oficial (Gobierno) en varios países.
Este tema fue inicialmente debatido en su informe del 2003. La Relatoría, en esa ocasión, concluyó que “la obstrucción indirecta a través de la publicidad estatal actúa como un fuerte disuasivo de la libertad de expresión”.
Ocho años más tarde, el informe advierte que si bien se apuntan avances “con algunas reformas legales y buenas prácticas”, “en la mayoría de los países de las Américas subsiste una falta de regulación que favorece la discrecionalidad en la distribución de presupuestos publicitarios”.
En ese sentido, la Relatoría insiste en que la carencia de un marco legal para definir los objetivos, la asignación, contratación y control de la pauta estatal “permite una utilización arbitraria de estos recursos en detrimento de la libertad de expresión”.
En este trabajo, la Relatoría coordinó sus acciones con la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), con sede en Argentina y con la Open Society Justice Initiative (OSJI) de Nueva York. También trabajaron otras siete organizaciones a escala regional, quienes alertaron de los abusos de la pauta oficial en la región, solicitando a la Comisión Interameticana de Derechos Humanos elaborar estándares que sirvan de marco de referencia para que los Estados adopten regulaciones adecuadas en la materia. A manera de resumen, la Relatoría formuló siete sugerencias:
La primera, que los Estados deben adoptar leyes especiales, claras y precisas para regular la pauta, en cada uno de sus niveles de gobierno. En segundo lugar, se plantea que los avisos oficiales deben incluir información de interés público y no deben utilizarse con fines electorales o partidarios. En tercer lugar está la insistencia de que la publicidad estatal nunca debe ser asignada por los Estados para premiar o castigar los contenidos editoriales e informativos de los medios.
El cuarto punto sugiere una adecuada planificación de la pauta estatal, que permita el control público. Según el quinto, los Estados deben publicar periódicamente toda la información y garantizar el fácil acceso a ella.
Sexto, se deben establecer mecanismos de control externo por un órgano autónomo que permita un monitoreo exhaustivo de la asignación de publicidad oficial. Finalmente, la Relatoría postula que los Estados establezcan políticas y destinen recursos para promover la diversidad y el pluralismo de medios. “La pauta no debería ser un mecanismo de sostenimiento de los medios”.