Se está analizando. Partimos de una norma restrictiva, que en el caso de la consulta no tiene alternativas. La norma señala que ninguna institución pública ni persona puede contratar publicidad, luego se establece que durante la campaña el Consejo garantizará la difusión equitativa de propuestas programáticas de candidatos.
¿Habrá difusión por igual?
La norma dice que la publicidad es para candidatos y en este proceso no existen candidatos.
Pero hay sectores sociales que pueden ser afectados.Así como otros que están a favor. En este caso existen personas que están a favor y otras en contra. Hay que discernir cuáles sectores pueden beneficiarse de los espacios que done o entregue el Consejo Electoral en los medios.
¿Ustedes no pueden cambiar ese reglamento para solucionar ese problema?
No. Un reglamento no puede transformar una ley.
¿Entonces, puede pedírselo a la Asamblea?
También es inútil. La Constitución ordena que ninguna ley electoral puede ser reformada antes de un año de la realización de un proceso de esta clase.
¿Qué han pensado hacer?
Hay alternativas. Por ejemplo, que el Consejo contrate y que done espacios en los medios para que puedan exponerse las posiciones sobre cada tema.
El problema se mantiene. ¿Cómo escoger a las personas que donarían esos espacios en los medios?
Este es un problema muy serio, porque es un tema de interés nacional y cómo podemos seleccionar de las miles de organizaciones sociales. Ustedes piden respuestas, estamos trabajando.
Si así es el panorama, el Régimen tendrá la ventaja para difundir su posición…
Con la ventaja del proponente. Aprendamos a diferenciar las cosas, el momento que el Presidente tomó la iniciativa (de proponer la consulta) tiene una ventaja natural. Igual la tuvo Carlos Vera en la recolección de firmas para la revocatoria del mandato. ¿Ustedes entrevistaban a otra persona que estaba en ese proceso?
Pero las otras personas no podrán dar sus opiniones ni podrán contratar espacios en los medios.
No lo pueden hacer, eso está prohibido. Si usted quiere saber por qué la norma constitucional fue escrita así, debe preguntar a los asambleístas de Montecristi.
¿Qué otra alternativa han pensado para ese problema?
Otro tema que se debe analizar es que no habría los recursos para donar espacio a todas las personas que quieran intervenir. Hay limitaciones serias. Lo que sería lógico es que la Ley hiciera una excepción sobre la prohibición de contratar de publicidad.
Pero sería a futuro, no para este proceso de consulta.
Hay que calcular el alcance de la norma y si no van a caer en contradicción con otras.
¿Cuándo habrá una decisión sobre este tema?
Antes del inicio de la campaña. Yo estoy de acuerdo en que una campaña donde no se puedan presentar las posiciones a favor y en contra tendrá limitaciones.
Hay organismos nacionales y seccionales que hacen campaña publicitaria. ¿Estos espacios serán prohibidos?
La prohibición es a candidatos y para la publicidad que haga referencia a la campaña electoral.
Pero hay propaganda de obras que pueden llegar a influir en una decisión
Es igual que Lucio Gutiérrez pueda decir durante la campaña que los precios en su Presidencia fueron menores.
¿Tiene algo que ver con las preguntas de seguridad, del IESS? Yo creo que no.
Pero puede influir.
Hay que diferenciar lo que es opinión y campaña. No se puede restringir en una campaña otros derechos. Los medios han peleado por dos años por los derechos a opinar y comunicar, ¿no es contradictorio que ahora pidan que se controlen las opiniones?
¿Puede asegurar que en la campaña habrá equilibrio?
Hay equilibrios que nunca se podrán dar en la sociedad. Un buen médico tiene más pacientes que otro. A todos nos gusta el fútbol, pero no todos jugamos en la Liga y que no pueda jugar en la Liga no quiere decir que me hayan discriminado en mi derecho.
Pero es ir con ventaja.
Si yo sé jugar fútbol, claro que voy con una ventaja.