Luego de una investigación, la Fiscalía General del Estado formuló cargos contra los exconsejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), Augusto Verduga, Yadira Saltos, Eduardo Franco Loor, y la actual consejera Nicole Bonifaz, por presunta asociación ilícita.
Más noticias:
El origen del Caso Ligados
Este caso tiene sus raíces en una denuncia presentada por el Superintendente de Bancos, Roberto Romero von Buchwald. Él denunció intentos de manipulación institucional por parte del grupo conocido como la ‘Liga Azul’.
Los hechos investigados se remontan a diciembre de 2024 y principios de 2025, cuando los imputados habrían utilizado sus cargos para ejercer un control indebido sobre el Estado, mediante presuntos delitos como tráfico de influencias, incumplimiento de decisiones legítimas de autoridades competentes y usurpación de funciones públicas.
Uno de los episodios más destacados fue el intento de desconocer el nombramiento del Superintendente de Bancos y designar a otra persona en su lugar.
El 24 de enero de 2025, se realizó un allanamiento en las instalaciones del CPCCS, donde se incautaron dispositivos móviles que contenían evidencias de planificación ilícita y estrategias para apoderarse del control de las instituciones del Estado.
La Fiscalía presentó varios elementos de convicción, incluyendo informes forenses informáticos, versiones de denunciantes y documentación institucional.
Medidas dictadas contra Franco Loor y los exconsejeros de la ‘Liga Azul’
Con base en las evidencias presentadas, el juez ordenó medidas cautelares contra los imputados. Estas incluyen comparecencias periódicas cada 15 días y la prohibición de salida del país para Augusto Verduga, Yadira Saltos, Nicole Bonifaz y Eduardo Franco Loor.
Además, se ordenó la retención de fondos por un monto de 5 640 dólares para garantizar el pago de una posible multa. La investigación fiscal tendrá una duración de noventa días.
¿Cuál es la sanción por el delito de asociación ilícita?
Ese delito está tipificado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con penas de tres a cinco años de prisión.