Doscientas firmas de reporteros, fotógrafos y editores de medios de comunicación, recogidas en menos de 24 horas por los miembros del Foro de Periodistas del Ecuador (Fope), fueron entregadas ayer en el Juzgado Segundo de Garantías Penales.
“Queremos que estas firmas sean un incentivo para que tome decisiones. El país está atento a que los derechos de los ciudadanos sean respetados”, dijo el periodista Paúl Mena, del Fope, a la jueza Ángela Sarmiento. Hasta el lunes, ella deberá decidir si da paso o no a la solicitud de medidas cautelares, presentada por la Unión Nacional de Periodistas (UNP), el lunes pasado. Precisamente, las firmas del Fope son parte del recurso de ‘amicus curiae’ con el que se respalda la gestión judicial de la UNP.
La idea es evitar que el veto del Ejecutivo a la reforma a la Ley Electoral sea inscrito en el Registro Oficial, luego del 4 de febrero, cuando pase por el ministerio de la ley. Vicente Ordóñez, presidente de la UNP, solicitó este recurso porque asegura que con el veto el derecho de la ciudadanía a conocer y opinar sobre los participantes de la contienda electoral del 2013 podría vulnerarse. Y que los periodistas tampoco podrían ejercer su profesión.
El veto presidencial incluye una restricción a los medios de comunicación para hacer reportajes y cualquier tipo de mensajes que pudieran considerarse promoción directa e indirecta de candidatos y tesis políticas.
Según Mena, los integrantes del Fope, todos periodistas activos, no creen correcto presentar informaciones sesgadas sobre los candidatos. Pero tampoco aceptan “una prensa silenciada”.
El recurso amicus curiae es usado por terceros sujetos, ajenos a un litigio, que ofrecen volunta-riamente su opinión frente a un punto. El objetivo es colaborar en la resolución de la materia objeto del proceso.
El jueves, la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (Aedep) ya presentó un ‘amicus curiae’. Y también Fundamedios, en el juzgado de la capital.
La jueza Sarmiento pidió al secretario del Juzgado, Abelardo Verdezoto, que recibiera las firmas y dos copias de ellas. Él confirmó que el presidente de la Asamblea, Fernando Cordero, ya remitió su opinión sobre el caso.
Sarmiento solicitó a Cordero y al presidente Rafael Correa enviarle sus opiniones sobre la petición de medidas cautelares, antes de tomar una decisión.
Cordero, en rueda de prensa, señaló que la UNP tenía derecho a pedir una medida cautelar. Pero adelantó que a la Jueza le dijo que “a la Asamblea no se le podía prohibir ejercer su derecho a legislar”. Repitió que el veto electoral es ambivalente, pero opinó que el gremio debió esperar a que entre en vigencia la reforma, en un año, para demandar la inconstitucionalidad de la misma.
Hasta las 16:00 de ayer, el Presidente de la República no enviaba su punto de vista sobre el pedido hecho por la UNP. Podía hacerlo hasta las 24:00 del viernes.
La jueza Sarmiento informó que el lunes, entre las 16:00 y 16:30, tendría lista la resolución sobre el caso, que podría revisarse a través de la página web de la Función Judicial.
“Es afán de todo el Ecuador que se imparta justicia imparcial. Solo les ofrezco eso”, dijo.
Los abogados Ramiro Aguilar y Rafael Oyarte criticaron a la Jueza por haber solicitado la intervención de los presidentes Correa y Cordero. Ambos parten del principio de que en el país existe autonomía del poder judicial.
Para Aguilar es absolutamente inconstitucional, ilegal e inexplicable que la Jueza, antes de ordenar una medida cautelar, algo que es su potestad, para lo cual tiene plena competencia y capacidad, pida opiniones a las otras funciones del Estado.
Aguilar dio un ejemplo para mostrar la importancia de bloquear la inscripción de la ley en el Registro Oficial. Dijo que si el Municipio empieza a derrocar la casa de un ciudadano, se debe presentar una acción de amparo. Acudir a un juzgado, para que ordene al tractorista parar la demolición. Mientras, los jueces deberán decidir el tema de fondo: el Municipio tiene razón o el ciudadano.
Por su lado, Oyarte considera que la Jueza se equivocó de procedimiento, al apuntar que se debe respetar el derecho a la defensa de todas las personas. Según él, confunde medidas cautelares con un juicio. Y le recordó a Cordero que no es posible solicitar acciones de inconstitucionalidad contra proyectos de ley, solo contra leyes. Así defiende la validez del pedido de medida cautelar.
Oyarte dice que nada garantiza que tras publicarse en el Registro Oficial, la reforma electoral, en febrero, habrá respuesta inmediata a una demanda de inconstitucionalidad. “¿Quién garantizará que la Corte Constitucional se pronunciará antes del inicio de la campaña electoral?”. Recordó la velocidad con que este emitió una medida cautelar, que impediría que la reforma a la Ley Legislativa, que aún no se termina de votar, ingrese al Registro Oficial.
Tres voces especializadas
Luis Suárez / Jurista ambateño
Algunos jueces tienen temor’
La decisión es entendible pero de ningún modo es posible compartirla. Sobre todo en este momento de inestabilidad total en la función Judicial. Los jueces lo que menos tratan es de provocarle un malestar al Presidente. La mayoría de ellos están maniatados. Esto, porque si fallan en contra del Primera Mandatario eso significa su salida del trabajo.
La jueza se inventó un paso procesal que no establece la Ley y corre traslado (consulta) al Presidente de la República y al de la Asamblea, para que opinen sobre una medida cautelar. Es como si se tratara de embargar un bien a alguien que no pagó y le preguntáramos si está de acuerdo con el embargo, obviamente dirá que no.
Marcelo Chico / Catedrático
‘Barbaridad jurídica’
Me parece una verdadera barbaridad jurídica porque existe la independencia de las funciones del Estado y es una de las características de un Gobierno democrático. Si se quiere tener una interpretación obligatoria habrá que acudir a la Corte Constitucional.
Pero preguntar a una de las funciones del Estado que están involucradas es una verdadera barbaridad, propia de la incompetencia de los jueces a quienes se les ha encomendado irresponsablemente la administración de justicia.
El juez que tiene temor, es un juez incompetente. Tendrá competencias desde el punto de vista jurídico, pero desde el moral y ético no tiene. Es un juez que no merece ser juez.
Farith Simon / Jurista de la USFQ
‘No hay un antecedente’
No es muy usual que en materia constitucional, cuando una parte alega un daño inminente se suspenda la norma impugnada y que los jueces pidan la opinión a la parte impugnada. Sin embargo, puede ser entendido desde la perspectiva de llenarse de razones, entendiendo que la jueza busca mejores argumentos para decidir, escuchando a las otras partes dentro del proceso.
Es una decisión particular y no hay antecedentes históricos recientes, pero tampoco es algo tan descabellado. ¿En qué medida podría afectar a la independencia de las funciones pedir opinión a las partes involucradas en un juicio? En todo proceso judicial se pide opinión a las partes involucradas.