Fernando Alvarado emitió un comunicado este martes 6 de septiembre del 2016. Foto: Archivo / EL COMERCIO
La Contraloría General del Estado realizó observaciones al manejo de recursos públicos en la Secretaría de Comunicación de la Presidencia (Secom), entre agosto de 2013 y agosto de 2015. El informe DAAC-0105-2016, un documento de 89 páginas, está firmado por Miriam Cañar Iñiguez, directora de Auditoría de Administración Central, y tiene 35 conclusiones.
En respuesta, la tarde de este martes 6 de septiembre del 2016, Fernando Alvarado, quien en esas fechas era el titular de la Secom, pidió en su cuenta de Twitter que se respete la Ley, la honra y los tiempos, al publicar un comunicado en el cual puntualiza que la Contraloría aún no establece responsabilidades.
Según Alvarado, el informe es el resultado de una auditoría gubernamental y sirve de referencia para el inicio de un proceso, pero no significa que existan responsabilidades confirmadas:
“El informe emitido por la Contraloría General del Estado (CGE) hace unos días, respecto a mi período como Secretario Nacional de Comunicación, aún debe pasar por la aprobación del Departamento de Responsabilidades para que determine responsabilidades administrativas y civiles (de ser el caso), con el fundamento legal respectivo. En esta instancia se debe notificar a cada uno de los involucrados con el fin de cumplir lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador en las normas del “debido proceso”; en concordancia con el artículo 56 del Reglamento a la Ley Orgánica de la Contraloría”.
“En consecuencia, en esta etapa hablar de sanciones, de acusados, de culpables, etcétera, a través de medios de comunicación y redes sociales, es por demás infamante”, sostuvo Alvarado, quien ahora se desempeña como ministro de Turismo.
No obstante, el examen de la Contraloría es un informe final. Entre las conclusiones se menciona, por ejemplo, que en la Secom se utilizaron “recursos públicos para promocionar” a candidatos políticos, “inobservando los artículos 223 de la Constitución; párrafo cuarto del artículo 219 de la Ley Orgánica Electoral, Código de la Democracia, que señala que se prohíbe a los servidores, servidoras, organismos o instituciones públicas, la utilización de los recursos y bienes públicos para promocionar sus nombres o sus organizaciones políticas en las instituciones, obras o proyectos a su cargo, e incumpliendo el artículo 77, numeral 2, letra a) de la Ley Orgánica de la Contraloría”.
Asimismo, el ente de control determinó que los Coordinadores Generales Administrativos Financieros de la Secom suscribieron 900 convenios de pagos, entre agosto de 2013 y agosto de 2015, por cerca de USD 5 millones, “sin considerar que los mismos debían ser por excepción“. En este caso, agrega que “las certificaciones presupuestarias fueron emitidas en forma posterior al servicio prestado, por lo que la entidad contrajo compromisos, sin la emisión de este documento”.
Además, en un contrato por USD 107 000 para la producción y realización de videos, coberturas, investigación periodística y capacitación, la Contraloría determinó que se suscribió un convenio de pago con una empresa cuyos accionistas tenían primer grado de consanguinidad con el Asesor del Despacho de la Secom, por lo que se encontraba inhabilitado para prestar el servicio, en razón que sus partícipes eran la madre e hijo del Asesor.
Algo similar ocurrió al contratar una productora para documentales, cadenas y reportajes por USD 189 000: “La Asesora de la Subsecretaría Nacional que elaboró y revisó los términos de referencia, también recomendó la contratación directa de la compañía (…) y el Subsecretario Nacional de Comunicación adjudicó la misma, sin considerar que el accionista de esta compañía tiene parentesco en segundo grado de consanguinidad con el Subsecretario de Medios Institucionales, quien laboró en la Secom hasta el 7 de mayo de 2014, por lo que estaba inhabilitado para contratar con la misma”, concluyó la Contraloría.
En su comunicado, Fernando Alvarado señaló que “mientras no se agoten todas las instancias del debido proceso conforme a la ley, mientras los involucrados no seamos juzgados y, la Contraloría no dictamine de manera final; no es legal ni correcto dañar o perjudicar la honra, o el buen nombre de ningún ciudadano”.
Lea el Informe de Contraloría