Carlos Ochoa leyó, con la ayuda de un teleprompter, un comunicado sobre la sanción impuesta a siete medios de comunicación. Foto: API
El presidente electo, Lenín Moreno, se refirió a la sanción que aplicó la Superintendencia de la Comunicación (Supercom) a siete medios de comunicación privados. “He pedido que se deje insubsistente eso”, dijo ayer, viernes 21 de abril de 2017, por la tarde antes de que se iniciara una reunión de Alianza País, en Quito.
Pero minutos antes, el presidente Rafael Correa, en cambio, se congratuló por la sanción. “Qué bueno que se empoderen los ciudadanos para no ser manipulados. (…) Creen que como los medios de comunicación en su mayoría son negocios privados pueden hacer lo que les da la gana”.
Por la mañana, Ecuavisa, La Hora, Expreso, El Universo, Televicentro, Teleamazonas y EL COMERCIO fueron notificados que debían pagar USD 3 750, cada uno.
Según una resolución suscrita por el titular de laSupercom, Carlos Ochoa, estos siete medios omitieron “deliberada y recurrentemente” la difusión de una nota publicada en el diario argentino Página 12 titulada: ‘Lasso, el magnate de las offshore’.
Y que la publicación era de interés público, por lo que al dejar de publicarla se habría inobservado la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), que prohíbe la censura previa.
En la etapa de audiencias del caso, este Diario argumentó que la nota de Página 12 no cumplía con el artículo 22 de la LOC, que exige a los medios publicar notas periodísticas contrastadas, verificadas, precisas y contextualizadas.
También que para configurar una censura previa se debe cumplir lo estipulado en el artículo 18 de la norma. Es decir, demostrar que este Diario conoció de la noticia y omitió su publicación por obtener un beneficio o favorecer a una tercera persona. Así como demostrar que esa omisión fue deliberada y recurrente.
Además, que desde el 10 de marzo pasado entró en vigencia la campaña electoral, regulada por el Código de la Democracia, que en su artículo 203 señala que los medios deben abstenerse de hacer promoción directa o indirecta, con reportajes especiales o cualquier otra forma de mensaje, que tiendan a incidir a favor o en contra de un candidato.
En la notificación de la Supercom de ayer, se establece que “el medio tenía el deber de investigar, contrastar y contextualizar ese hecho y una vez cumplido con aquello, informar a la ciudadanía. El documento concluye que, debido a eso se impone la sanción.
Ayer, 21 de abril, el Superintendente se presentó ante los medios de comunicación y leyó un comunicado. En un principio no aceptó preguntas, pero ante la insistencia de los periodistas dio paso a tres interrogantes.
Se le consultó sobre la crítica de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP). El organismo calificó de “insólito” el proceso. Y que la LOC vuelve a ser usada como arma de “persecución en contra de los medios ecuatorianos”.
De ese tema dijo que no hablaría. Pero antes comentó: “se cuestionó que hayamos dado paso a la demanda desconociendo que según la LOC nos corresponde de manera imperativa atender, investigar y resolver las denuncias o reclamos generados por las personas en materia de derechos de comunicación”.
Fue evidente para todo el país -agregó Ochoa- cómo en la pasada campaña electoral “todos los medios tuvieron la más amplia libertad para publicar su información en torno al proceso”. Además, el funcionario “motivó” a los siete medios involucrados a “mejorar sus prácticas periodísticas”.
Añadió que bastaba con hacer una investigación sobre la información de Página 12 para luego de la correspondiente evaluación de la veracidad o no de la misma decidir sobre su publicación o no.
El caso se inició luego de que el Observatorio Ciudadano por una Comunicación de Calidad presentara una denuncia el 27 de marzo del 2017, ante la Superintendencia.
Se concretó tres días después de que el presidente Rafael Correa, en su Enlace 517, dijera que se cometió censura.
El Observatorio fue representado en el proceso por Viviana Paredes, exfuncionaria de la Supercom. Ochoa aclaró que esa condición no la priva de sus derechos.
La notificación ordena que los medios deberán cancelar la multa en 72 horas, sin embargo no se han agotado todos los recursos de la ley. Existen tres opciones para apelar.
La primera es interponer un recurso ante la máxima autoridad, que en este caso, es el propio Ochoa. La otra es presentar una impugnación ante el Tribunal Contencioso Administrativo. Y, finalmente, buscar una acción extraordinaria de protección ante un juez, figura que consta en la Constitución.
Desde que la Supercom inició la aplicación de la LOC, en el 2014, se ha sancionado con multas a los medios 402 veces.
El 2016 fue el año que más veces se aplicaron multas. Le siguen las amonestaciones escritas, réplicas, rectificaciones y el ofrecimiento de disculpas públicas.
La última sanción a los siete medios no es el único precedente que dejan las elecciones. Tras las votaciones de la segunda vuelta (2 de abril), la Supercom hizo “un llamado de atención severo” a Radio Visión. La estación abrió los micrófonos a su audiencia para que opinara sobre la coyuntura electoral durante una programación.
Según la Supercom, esto podía llamar al amotinamiento a la ciudadanía y “a desconocer las decisiones legítimas de las autoridades, a promover la xenofobia”.