El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) desestimó ayer la denuncia contra revista Vistazo, por una supuesta infracción durante el silencio electoral de la consulta de mayo.
En su fallo, Ximena Endara, titular del TCE, señaló que la revista no infringió la ley con su artículo de opinión ‘Un No rotundo’, publicado la víspera de la consulta del 7 de mayo.
El principal argumento de la magistrada es que ese artículo fue un editorial, que no puede ser considerado publicidad. Agregó que el espacio donde se publicó el texto de esa opinión no fue contratado por ningún sujeto político. Por lo tanto -detalló Endara- no fue propaganda difundida en la veda electoral, sino un artículo en el que el medio escrito expresó su criterio.
La defensa de Vistazo celebró el contenido del fallo de Endara, que consideró improcedente la demanda presentada por cinco organizaciones sociales afines al gobierno de Rafael Correa.
Rafael Oyarte, defensor de Vistazo, dijo que la sentencia ratifica que el editorial de un medio no puede considerarse como propaganda. “Ha sabido fijar las normas constitucionales, seguiremos en esta lucha por la libertad de expresión”.
Sin embargo, la parte acusadora cuestionó el contenido de la sentencia y anunció acciones para que el caso no sea archivado. Pablo Baca Mancheno, abogado de los demandantes, dijo que el fallo le provoca “asco”.
Raúl Ocaña, procurador síndico de las organizaciones afines al Régimen, anticipó que analizará una denuncia de supuesto prevaricato contra Endara. Y adelantó que pedirá la ampliación de la sentencia y, posteriormente, presentará un recurso de apelación, para que el caso sea resuelto por el Pleno del TCE.
El 4 de agosto, la Cámara Bolivariana de Economía Solidaria, la Asociación Sumak Tarpuy Ayllukunapak, la Confeunassc, Diabluma y la Corporación Nukanchi Allpa demandaron a la revista ante el Tribunal. Acusaron a la publicación de un supuesto quebranto al silencio electoral en la consulta de mayo.