El presidente de la República, Guillermo Lasso, suscribió reformas al reglamento de la Ley de Contratación Pública. Con el Decreto Ejecutivo 155, de fecha 12 de agosto del 2021, se incorpora un informe de pertinencia para los procesos de contratación en el Estado. Los cambios se ajustan a las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), en materia anticorrupción.
La reforma al reglamento establece que previo al inicio de un procedimiento de contratación pública, la entidad contratante deberá solicitar a la Contraloría General del Estado un informe de pertinencia para dicha contratación. Este informe deberá contar con la certificación de disponibilidad presupuestaria y existencia presente o futura de recursos suficientes, previo al inicio de la fase precontractual.
La Contraloría deberá emitir estos informes en un término de 15 días. En procesos de régimen especial y en contrataciones de emergencia, en cambio, se publicará en tres días.
Dentro de las disposiciones transitorias, se aclara que en el primer año de esta reforma la Contraloría emitirá informes de pertinencia solo para contrataciones que su monto sea igual o superior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,00003 por el Presupuesto General del Estado, cálculo que hasta el 31 de diciembre de 2021 es de USD 962 410. A partir del segundo año de la vigencia de este cambio, la Contraloría emitirá informes de pertinencia para todas las contrataciones, independientemente de su monto.
También hay excepciones. No se requerirá informe de pertinencia para las contrataciones en las que se empleen procedimientos como catálogo electrónico general y dinámico inclusivo, contratos complementarios, contratos modificatorios, contrataciones que no estén amparadas por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, contrataciones fuera del ámbito de aplicación territorial y las ínfimas cuantías.
La Contraloría, a través de un comunicado, anunció que su estructura orgánica se ajustará a las modificaciones legales en materia anticorrupción. El contralor subrogante, Carlos Riofrío, creó la Dirección Nacional de Contratación Pública “con la misión de determinar la pertinencia de los procesos de contratación pública y verificar el cumplimiento de requisitos establecidos”.
Contratación de seguros
En la disposición segunda se establece que para la contratación de seguros las entidades se sujetarán a un concurso público de ofertas entre empresas de seguros constituidas y establecidas legalmente en el país.
Dentro de los considerandos del Decreto Ejecutivo, se señala que “es necesario agilizar las contrataciones públicas de todos los niveles de gobierno para garantizar la celeridad de provisión de servicios manteniendo los más altos estándares de transparencia”.