El presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo Número 370 este viernes 23 de agosto, mediante el cual se establece un proceso de amnistía migratoria para ciudadanos venezolanos que se encuentran en situación irregular en el país.
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Este proceso tendrá una duración de ocho meses, desde la publicación del decreto en el Registro Oficial. La decisión de Daniel Noboa tiene como objetivo regularizar la permanencia de los venezolanos en el Ecuador, para garantizar una migración segura y ordenada.
La medida surge como respuesta a la situación de vulnerabilidad de la comunidad venezolana en el país, permitiéndoles acceder a una Visa de Residencia Temporal de Excepción denominada “VIRTE II“. Esta visa será prorrogable por un período adicional de dos años. Este documento estará disponible para aquellos que ya cuenten con el Certificado de Permanencia Migratoria, pero que aún no han obtenido un visado.
Requisitos y proceso de regularización
El proceso de regularización estipulado en el decreto incluye varios pasos clave. Los ciudadanos venezolanos deberán presentar su solicitud para la Visa VIRTE II. El formulario será gratuito, pero los solicitantes deberán cubrir los costos asociados a la visa y a la cédula de identidad.
Esta visa permitirá a los beneficiarios permanecer legalmente en el país mientras realizan el trámite de renovación de su certificado de permanencia.
Adicionalmente, las personas podrán utilizar documentos de identidad como cédulas o pasaportes que hayan vencido hasta cinco años después de la fecha de vencimiento o prórroga. Esto facilita la inclusión de aquellos que no han podido renovar sus documentos, debido a la situación en su país de origen.
Responsabilidades institucionales
El Decreto Ejecutivo también dispone que varias instituciones del Estado ecuatoriano coordinen y ejecuten el proceso de regularización. El Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional de Registro Civil e Identificación, se hará cargo de los documentos.
El Registro Civil emitirá las cédulas de identidad a los venezolanos que obtengan la visa de residencia temporal.
En cambio, el Ministerio de Inclusión Económica y Social actuará en el caso de los niños que se encuentren en el país sin compañía de un adulto. Articulará el proceso de regularización migratoria y reconocimiento de amnistía para niños, niñas y adolescentes venezolanos.
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana tendrá la responsabilidad de garantizar que el proceso de regularización se lleve a cabo conforme a la normativa vigente. Que se implementen los mecanismos necesarios para asegurar la protección de los derechos humanos de los migrantes.
Disposiciones adicionales sobre el Decreto de Daniel Noboa a ciudadanos venezolanos
El Decreto Ejecutivo No. 370 de Daniel Noboa también establece disposiciones generales y transitorias para facilitar el proceso de regularización de la migración de venezolanos.
Se determinó que en un plazo máximo de dos meses, a partir de la publicación del decreto, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana deberá emitir la normativa secundaria para la implementación del proceso de regularización.
En caso de que exista un flujo migratorio inusual, el decreto aclara que este proceso de amnistía será exclusivo para los venezolanos que cumplan con los requisitos establecidos. Así, el Gobierno Nacional busca garantizar que el proceso de regularización migratoria se realice de manera efectiva y en beneficio de la comunidad venezolana en Ecuador.