La Corte Constitucional (CC) suspendió reglamento para el uso progresivo de la fuerza. Foto: Archivo/ EL COMERCIO
La Corte Constitucional (CC) resolvió suspender la vigencia del Acuerdo Ministerial 179 emitido por la Cartera de Defensa, relacionado al uso progresivo, racional y diferenciado de la fuerza, por parte de las Fuerzas Armadas.
La decisión se mantendrá, hasta que el Pleno de la Corte adopte una decisión sobre el fondo de la acción de inconstitucionalidad planteada por organismos de derechos humanos, como Cedhu, Surkuna y Amazon Frontlines.
Las magistradas Daniela Salazar, Karla Andrade y Teresa Nuques, de la sala de Admisión de la Corte, emitieron la resolución el 17 de junio del 2020, aunque aclararon que la decisión no implica un pronunciamiento sobre el fondo de la acción de inconstitucionalidad. Además, en la decisión se dispone elevar al Pleno de la Corte la petición de adelantar el orden cronológico de la causa para que sea resuelta por los jueces constitucionales.
Durante una comparecencia en la Asamblea Nacional a principios de junio, el ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, explicó que el reglamento serviría para que los militares actúen frente a cinco escenarios posibles: estado de excepción, conmoción interna o calamidad pública; operaciones castrenses; conflicto armado; y, legítima defensa.
Asimismo, aclaró que el uso diferenciado de la fuerza se aplicaría con base en una escala que incorpora los niveles de intensidad, resistencia o amenaza. El Secretario de Estado sostuvo que el uso de armas de fuego sería el último recurso en caso de que se ponga en riesgo la vida o bienes estratégicos del Estado.