La Corte Constitucional dice sí a las consultas en temas mineros

El martes pasado, Yaku Pérez asistió con simpatizantes a entregar su pedido en la CC. Foto: Julio Estrella / EL COMERCIO

La discusión sobre la constitucionalidad de las consultas sobre el futuro de las actividades mineras en un determinado territorio llegó a una conclusión: es posible hacerlas.
Esto se desprende de un análisis realizado por la Corte Constitucional (CC), a partir de tres sentencias emitidas en el 2019. Ahí se señala que “la mayoría de la Corte afirmó que es materialmente posible realizar consultas populares en relación con temas mineros”. Para llegar a esta conclusión, el máximo órgano de interpretación constitucional tomó en cuenta cuatro consideraciones.
La primera es que no existe una prohibición clara y expresa en la Constitución sobre la posibilidad de realizar consultas en esa materia. La segunda tiene que ver con que “las características del sistema democrático incluyen expresamente la participación de la ciudadanía, como un derecho en sí mismo y como una garantía de los demás derechos”.
La tercera consideración señala que el régimen constitucional de desarrollo integra los objetivos de carácter económico y social con la participación de la ciudadanía y con los objetivos relativos a los derechos del medioambiente sano y de la naturaleza.
A partir de este criterio, la CC determina que “la seguridad jurídica que requieren las actividades económicas, entre ellas la minera, no puede ser contraria o excluyente de la participación y objetivos ambientales previstos en la propia Constitución”.
Finalmente, la CC considera que las actividades mineras deben cumplir estrictamente con los principios ambientales de la Constitución. Por tanto, las consultas son compatibles, ya que el artículo 395 de la Norma Superior establece la participación activa y permanente de los sujetos afectados por una actividad que genere impactos ambientales.
Para el constitucionalista Francisco Bustamante, lo que señala la CC está acorde con lo que establece la Constitución. “A la ciudadanía se le puede consultar sobre cualquier cosa”, manifestó.
El experto recuerda que en esta discusión se argumentaba que en temas relacionados con los sectores estratégicos no se podía consultar porque era una competencia del Estado. Sin embargo, “la Constitución no establece ninguna excepción”, puntualizó.
Jorge Benavides, experto constitucional, coincide con esa visión. Señaló que la CC sí permite las consultas de este tipo “porque se trata de un derecho de participación”. También señaló que lo que la CC ha hecho es pronunciarse sobre temas de forma. Así deja abierta la posibilidad para este tipo de iniciativas.
Las tres sentencias que ha emitido la Corte tienen que ver con el pedido de consultas sobre actividades mineras en: 1. cuatro cantones de las provincias del Carchi e Imbabura; 2: en el cantón Ponce Enríquez (Azuay); 3: la iniciativa de Yaku Pérez del 2019.
Sin embargo, el tema ahora es cumplir con los estándares de la Corte para pasar el control constitucional de la pregunta. Ninguna de las tres iniciativas pasó ese filtro.
Hay dos elementos que se toman en cuenta para el control constitucional. El primero es que se garantice la libertad del elector; además de que exista claridad y lealtad en la pregunta. El segundo es que el pedido no incurra en prohibiciones, violaciones constitucionales ni reformas, porque para esos cambios hay otros procedimientos específicos, como reforma parcial o enmienda.
Pérez presentó un nuevo pedido de consulta para el Azuay, el martes pasado, 7 de enero del 2020. En septiembre del 2019, la CC archivó su primera solicitud porque la pregunta no garantizaba “la plena libertad del elector, ni contaba con un apego constitucional”.
Para Andrés Ycaza, de la Cámara de Minería del Ecuador, “la sociedad no puede esperar un pronunciamiento definitivo en este tema”. Señala que la Corte ha decidido sentenciar caso por caso. “Con el paso del tiempo, la CC ha establecido estándares que hace que esto esté mejor normado”, señaló.
Pérez dijo que la CC tendría 30 días para pronunciarse sobre su pedido de consulta.
En contexto
Un nuevo pedido de consulta para evitar las actividades mineras en la provincia del Azuay está en manos de la Corte Constitucional. Esa entidad del Estado realizó un análisis de su proceder para orientar sobre la línea jurídica que ha adoptado.
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