La Corte Constitucional (CC) no dio paso a una propuesta de una consulta popular, de iniciativa ciudadana, para crear un servicio comunitario formativo en áreas como la alimentación, vivienda y obra pública, dirigido a jóvenes de entre 18 a 22 años de edad, con la duración de un año.
El organismo determinó que la propuesta no cumple con los parámetros establecidos en la Constitución y la Ley, según reseñó el organismo este martes 2 de noviembre de 2021.
La Corte determinó que los considerandos del proyecto contenían “expresiones que no son objetivas y libres de carga emocional para que puedan servir como introducción a una consulta de índole nacional a la ciudadanía”.
Así, por ejemplo, el proyecto aludía a que “la juventud debe operar en el servicio comunitario ya que su fuerza natural está diseñada para los cambios, retos, siendo esta muchachada la concedida mano de obra de la humanidad para la construcción, siembra, cosecha y distribución”.
Para la Corte, esta expresión “no garantiza la libertad del elector pues se le induce a considerar que los jóvenes constituyen una fuerza laboral para actividades productivas y económicas de la población en general (construcción, siembra, cosecha, distribución) cuestión que representa una concepción subjetiva e ideológica”.
En menos de un año, es la segunda vez que una consulta de este tipo fue negada al ciudadano Galo Merchán Mejía. La Corte mencionó que “no existe una prohibición para que cualquier ciudadano solicite, en más de una ocasión, que se consulte a la ciudadanía sobre asuntos que puedan ser considerados relevantes a nivel nacional”.
Sin embargo, la Corte puntualizó que se abstiene de realizar consideraciones adicionales sobre el fondo de esta propuesta “al no haberse superado el control formal”.