Las elecciones generales 2025, en las que se elegirá un Presidente para el Ecuador, se desarrollarán el 9 de febrero. El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó que gestionará un día de vacaciones por este motivo.
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La jornada electoral se desarrollará desde las 07:00 hasta las 17:00. Las personas que acuda a votar deben acudir con su cédula o pasaporte, no importa si está caducado.
Vacaciones por las elecciones generales 2025
Los miembros de las juntas receptoras del voto (MJRV) posiblemente tendrán un día adicional de vacaciones como reconocimiento por participar en las elecciones generales del 9 de febrero de 2025.
Este beneficio aplica tanto para funcionarios del sector público como para empleados de empresas privadas.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) gestionará el incentivo ante el Ministerio de Trabajo después de confirmar la lista de personas que cumplieron con su labor durante la jornada electoral.
El artículo 30 del Reglamento para la Selección, Conformación, Funcionamiento y Reconocimiento de Incentivos a los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto establece:
“El Consejo Nacional Electoral podrá otorgar a los ciudadanos que participen como miembros de las juntas receptoras del voto un día adicional de vacaciones en instituciones públicas y privadas.”
Con este reconocimiento, las autoridades valoran el compromiso de quienes contribuyen al desarrollo del proceso democrático en el país.
¿Cuántos miembros de juntas receptoras del voto hay?
El número de votantes para las elecciones 2025 en Ecuador asciende a 13 736 314. De estos, 13 279 829 están en el país y 456 485, en el exterior. Para recabar los votos, el Consejo Nacional Electoral (CNE) definió a 287 534 miembros de juntas receptoras del voto.
Los incumplimientos y las consecuencias
Abandonar sin justificación la junta electoral es una de las acciones que conlleva sanción. La multa va desde 11 salarios básicos unificados hasta 20.
También puede generar la destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años.
Del mismo modo, quienes contribuyan a negar el voto de un elector facultado para hacerlo, o que acepten el voto de una persona impedida legalmente para sufragar, tendrán una sanción de tres remuneraciones.
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