El CNE hará el reglamento para la prensa en campaña, siguen las dudas

En el Consejo Nacional Electoral. El presidente Domingo Paredes se reunió ayer con el Pleno. En la foto, el funcionario saliendo del Dispensario Médico.  Foto: Jenny Navarro

En el Consejo Nacional Electoral. El presidente Domingo Paredes se reunió ayer con el Pleno. En la foto, el funcionario saliendo del Dispensario Médico. Foto: Jenny Navarro

A ocho días de que se inicie la campaña, el Consejo Nacional Electoral (CNE) todavía deberá reglamentar el alcance de las reformas al artículo 203, del Código de la Democracia, que determina el trabajo de los medios en esta campaña.

Luego de que la Corte Constitucional (CC) resolviera, la semana pasada, la ampliación y aclaración de ese artículo que fue redactado por el Gobierno, el organismo electoral tiene en sus manos uno de los temas más polémicos: ¿qué pueden publicar los medios de comunicación? Según la Corte, en su resolución se garantizó la libertad de información durante la campaña electoral, así como la equidad de los candidatos para promocionarse y presentarse en todos los medios. Es decir, que solamente se refiere a los espacios y tiempos que la prensa destinará a cada aspirante a una dignidad de elección popular.

Así, en la sentencia, dictada el pasado 20 de diciembre, se estableció que el CNE deberá “evitar que las preferencias de determinados medios de comunicación por uno o por otro candidato afecten la formación de la opinión pública, promoviendo o perjudicando la imagen o la tesis de los candidatos, tergiversando dichos propósitos en la presentación de información imparcial, lo cual evidentemente incidiría de manera negativa en la libre circulación de ideas y en la autonomía de preferencias políticas de los ciudadanos durante el período electoral (…)”, señaló la Corte.

No obstante, el presidente del organismo, Patricio Pazmiño, añadió que esto se refiere solamente a la parte formal, es decir espacios en los medios, pero no a los contenidos.

Sin embargo, todavía no está claro qué se entiende por promover o perjudicar la imagen de un candidato, específicamente para el caso del Primer Mandatario. La razón, no se ha definido si una noticia sobre el Gobierno puede o no afectar al candidato-presidente, Rafael Correa, que busca la reelección por cuatro años más.

Para el asesor jurídico de la organización Fundamedios, Mauricio Alarcón, este es un tema que deberá ser aclarado por el Consejo Nacional Electoral. “El artículo 203 del Código Electoral es una norma que no tiene ninguna objetividad que permita calificar si un tema es viable o no. Ahora el CNE será el que juzgue y es el que debería dar un pronunciamiento sobre el tema para dar claridad al trabajo de los periodistas”, enfatizó Alarcón.

Asimismo, Vicente Ordóñez, presidente de la Unión Nacional de Periodistas (UNP), señaló que la posición de Pazmiño es subjetiva, porque “como periodistas no escribimos para perjudicar a nadie solo para contar hechos y plasmarlos en un reportaje. La subjetividad está en el ángulo que lo quieran ver”, explicó.

Sin embargo, para el CNE la resolución que tomó la Corte es clara y objetiva. Para el presidente del Consejo, Domingo Paredes, en la sentencia “se hace una relación a detalle de los electos que se deben cuidar para que los medios no sobrepasen los límites de la imparcialidad y la independencia en los 45 días de campaña”, explicó.

El organismo se encargará de vigilar y controlar los espacios que se destinen a cada candidato. Para ello, se contrató el trabajo de Infomedia, para que haga el monitoreo de los medios de comunicación en Quito y Guayaquil; y además, un equipo en cada delegación provincial del CNE se encargará de controlar a los medios locales. “Lo que la Corte Constitucional nos obliga es a cumplir con la equidad, ningún candidato podrá tener más espacio que otro”.

No obstante, Paredes también aclaró que ya están trabajando en un instructivo para regular a los medios. Pero adelantó que todo tipo de difusión informativa y género está permitido: entrevistas, reportajes, especiales “siempre y cuando el medio no tome partido a favor de uno y en contra de otro”.

Ayer estaba previsto que se reúna el Pleno del organismo electoral, pero hasta las 17:30 la cita no empezaba.

Ordóñez consideró que el “Consejo Electoral no debe regular nada, solo el tema publicitario de un candidato. Nosotros, los periodistas, no hacemos promoción en nuestras notas ni perjudicamos a nadie; solo describimos los hechos, contamos la historia de los candidatos, su pasado y sus propuestas para con sus electores”, señaló el titular de la UNP.

Este gremio planteó el recurso de aclaración y ampliación del artículo 203 del Código de la Democracia en octubre pasado, para que se defina con claridad lo que es promoción indirecta de los candidatos.

Ahora, la Corte Constitucional estableció que promoción indirecta se refiere a lo que es igualdad en los medios de comunicación. Por ello, Ordóñez considera que quedó claro que no se podrá intervenir en los contenidos de la prensa. En la primera sentencia de la Corte se señaló: “ Esta Corte garantiza la libertad de información de los medios durante la campaña electoral, bajo los parámetros de igualdad para todos y cada uno de los candidatos y recalcando que no puede ser confundido con la promoción indirecta o directa”. El desenlace está en manos del CNE.

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