El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó el Registro Electoral y definió el número de electores que podrán sufragar en las elecciones generales 2025.
La aprobación en el Pleno del CNE se dio tras una división de la votación y la definición con el voto dirimente de la presidenta, Diana Atamaint.
Más noticias:
Para definir el número de electores que podrán sufragar el domingo 9 de febrero de 2025, el CNE tomó la información de cuatro fuentes.
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, el Consejo de la Judicatura y el Registro Civil remitieron información al organismo electoral.
La información del Registro Electoral se envió con corte al 15 de julio.
Además, constan los cambios de domicilio electoral realizados hasta el 11 de mayo de 2024.
Número de electores que podrán sufragar en 2025
El Consejo Nacional Electoral (CNE) definió el número de electores que podrán sufragar en las elecciones generales de 2025.
Un total de 13 736 314 electores podrán ejercer su derecho al sufragio.
De estos, 13 279 827 se encuentran en territorio nacional y 456 487 en el exterior.
Los cambios de domicilio que se hayan realizado en una fecha posterior al 11 de mayo de 2024 se aplicarán para las próximas elecciones.
El CNE informó que ciudadanía puede consultar si consta en el Registro Electoral ingresando en la página web institucional: www.cne.gob.ec.
CNE acreditó a 15 observadores nacionales y amplió plazo para la incorporación de más
el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la acreditación de 15
personas como observadores nacionales.
El resto fue descalificado por no cumplir los requisitos.
El Pleno del CNE también anunció la apertura de un nuevo plazo para la acreditación de observadores.
Esto, “con el objetivo de ampliar la presencia de observadores en el proceso democrático”.
El nuevo plazo de acreditación correrá del 16 al 29 de agosto de 2024.
Al este proceso, pueden postular personas naturales y jurídicas nacionales; así como, extranjeras que hayan residido legalmente en el país de manera continua, durante al menos cinco años.
El trámite puede realizarse en línea o presencialmente.