Carlos Ochoa, exsuperintendente de Comunicación, dijo que su destitución, por parte del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) transitorio, es una “violación flagrante a los derechos constitucionales”. Lo expuso la tarde de este miércoles, 7 de marzo del 2018, horas después de ser cesado.
El exfuncionario dijo que fue notificado con la decisión del Consejo y que acata esta sanción bajo protesta. “No es cierto que el procedimiento esté agotado (…) por lo cual se interpondrán las acciones que correspondan tanto a nivel nacional como internacional”.
Además, Ochoa señaló que en los anexos de la pregunta tres de la consulta popular, que determinan los alcances del Consejo de transición, no expresa la capacidad de los consejeros para destituir a autoridades de control sin una evaluación previa.
Ochoa agregó que mañana, jueves 8 de marzo, a primera hora, presentará una acción de amparo constitucional. Sobre el proceso de juicio político que se realiza en la Asamblea el próximo lunes 12 de marzo, afirmó no haber sido notificado por el Legislativo para presentarse ante el Pleno de ese organismo.
Los consejeros de Participación dieron tratamiento a la destitución determinada por la Contraloría, como parte una sanción administrativa previa, que incluye el pago de una multa de 20 salarios ( USD 7 720).
Estas sanciones son resultado del informe DAAC -0065-2017 a la administración de Gamatv. En este caso, se establecieron predeterminaciones civiles y administrativas por USD 15,7 millones y se señaló como responsables directos y solidarios a más de 20 exdirectivos del canal, entre el 2010 y el 2016.
La auditoría estableció que Ochoa cobró valores por concepto de bonos y beneficios sin sustento legal. Él percibía un salario mensual de USD 8 000 y recibió bonificaciones extras mensuales de entre USD 500 y USD 3 400.
Además, el informe dice que el exfuncionario se benefició de USD 30 848, con los que compró un vehículo del año 2010. El contrato de compra venta fue suscrito por el gerente general del canal.
Además, el funcionario tiene pendiente la predeterminación de dos glosas por USD 122 185. Y una investigación penal en la Fiscalía, por el supuesto uso de documento falso con relación a la impresión de leyes con un cambio ilegal en el articulado, que sirvió para sancionar a medios.
¿La Contraloría puede destituir a un funcionario?
La Contraloría General del Estado sí tiene competencia para sancionar con destitución a un funcionario público, si se determinan responsabilidades administrativas en uno de sus exámenes de auditoría. Así reza en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Contraloría: “Las sanciones de destitución o de multa, o ambas conjuntamente, las ejecutará la correspondiente autoridad nominadora de la institución del Estado de la que dependa el servidor, a requerimiento y por resolución ejecutoriada de la Contraloría General del Estado”.
El artículo 46 de la misma Ley Orgánica de la Contraloría, modificada el 18 de diciembre del 2015, puntualiza: “Sin perjuicio de las responsabilidades civil culposa o penal a que hubiere lugar, los dignatarios, autoridades, funcionarios y demás servidores de las instituciones del Estado (…) que incurrieren en una o más de las causales de responsabilidad administrativa culposa (…) originadas en los resultados de las auditorías, serán sancionados con multa de una a veinte remuneraciones básicas (…), sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar, de acuerdo a la gravedad de la falta cometida, pudiendo además ser destituido del cargo”.