Un candidato fallecido resultó ser el más votado para la Junta Parroquial de Progreso, en Guayas

Gonzabay Cayetano murió tras sufrir un paro cardíaco el pasado 13 de enero del 2019. Foto: Cortesía

Gonzabay Cayetano murió tras sufrir un paro cardíaco el pasado 13 de enero del 2019. Foto: Cortesía

Gonzabay Cayetano murió tras sufrir un paro cardíaco el pasado 13 de enero del 2019. Foto: Cortesía / PSC

El escrutinio para vocales de Juntas Parroquiales llegó al 100% en la parroquia rural guayaquileña, Juan Gómez Rendón (Progreso). Los resultados otorgaron un triunfo a la alianza Partido Social Cristiano-Madera de Guerrero (PSC-MG) con el 35,19% de los votos.

Pero el triunfo de la lista 6 generó novedades en la localidad, que se ubica a unos 70 kilómetros de la cabecera cantonal. El candidato más votado, con 1 731 sufragios y quien lideró las candidaturas socialcristianas, había fallecido el pasado 13 de enero del 2019.

“Ganó un muerto”. Esa fue la expresión que recorrió la jurisdicción guayasense tras conocer los resultados que le otorgaron al difunto Juan Gonzabay Cayetano el título del “más votado”. Con esos números, le habría tocado presidir la junta parroqual, al ganar la reelección.

El partido que le siguió al PSC-MG es Alianza Nuevo Guayaquil (CD-Democracia Sí), con un 30,15% de votos. Con ello, el segundo candidato más votado resultó Félix Anastacio Suárez, con 24,77%, que corresponde a 1 565 votos.

Gonzabay Cayetano murió tras sufrir un paro cardíaco. Sufría insuficiencia renal. Su esposa, Alba Apolinario, reconoció que su esposo apareció en las papeletas porque falleció tras haberse cerrado las inscripciones. Cree que los ciudadanos depósito un voto de confianza por el trabajo emprendido a favor de la comunidad. “Le expresaron agradecimiento”.

El legislador socialcristiano, Henry Cucalón, comentó que el tema es perfectamente legal y que ya piensan en que la alterna deba ocupar el cargo ganado por el candidato fallecido.

El artículo 112 de la Ley Orgánica Electoral se establece que si un candidato o candidata a elección popular fallece o se encuentra en situación de inhabilidad física, mental o legal comprobada antes de las respectivas elecciones, la organización política o alianza que auspicie esa candidatura podrá reemplazar con otro candidato de la misma organización política o alianza.

Asimismo, se indica que si el hecho se produce antes de la impresión de las papeletas correspondientes, se volverán a imprimir las actas con la fotografía y nombre del reemplazo.

Según Cucalón, hay un procedimiento que está en el Código de la Democracia. “Cuando inscribimos a un candidato no esperamos que se muera. Así que si el sistema democrático está preocupado por los muertos, yo estoy preocupado por los vivos, quienes fueron los que votaron”.

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