La Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional (foto) recibirá las pruebas de descargo del ministro de Educación, Augusto Espinosa. Foto: Diego Puente/ EL COMERCIO.
El Ministerio de Educación informó que el monto asegurado
de sus bienes públicos es de USD 24 076 194, que incluye vehículos, equipos electrónicos, mobiliario, maquinaria y pólizas de incendio. Así lo señala el oficio número MINEDUC-ME-2016-00339-OF, del 12 de julio, dirigido a la presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira.
El documento es en respuesta a los pedidos del 1 de junio de los asambleístas de Avanza, Antonio Posso y Byron Pacheco, y del 29 de junio, de la Comisión de Fiscalización, ante la cual se presenta hoy el ministro de Educación, Augusto Espinosa, para presentar sus pruebas de descargo por el pedido de juicio político.
Esa documentación la entregó Byron Pacheco, el viernes pasado, como parte de las pruebas contra el funcionario.
A raíz del terremoto del 16 de abril, el asambleísta lo acusa de no haber asegurado la infraestructura educativa, sobre todo de las escuelas del Milenio, construidas en el actual Gobierno. En Pedernales (Manabí), una resultó destruida.
En el oficio, el Ministerio de Educación menciona que la Dirección Administrativa de Planta Central dio cumplimiento al artículo 5 del Reglamento para la Administración, Utilización y Control de los Bienes, emitido por la Contraloría General del Estado, y de lo estipulado en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, de esa Cartera. El departamento de Comunicación del Ministro señaló a este Diario que Espinosa presenta hoy una respuesta en la Comisión.
El 18 de julio, Espinosa afirmó que no ha existido una ley que obligue a asegurar bienes no productivos. Para argumentar este criterio, citó el Manual de Administración y Control de los Activos Fijos del Sector Público y el Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de los Bienes del Sector Público, normativas de la Contraloría que estuvieron vigentes hasta agosto del 2015.
En la primera normativa consta que entre las medidas de protección de los bienes se encuentran las pólizas de seguros; mientras que en la segunda norma jurídica no se menciona nada sobre aseguramiento.
Acerca de la pertinencia de asegurar los bienes, el Ministro se refirió al artículo 74, numeral 15, del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, promulgado en octubre del 2010, y dijo que la Contraloría debió pedir una certificación al ente rector de las Finanzas Públicas. Como no hubo dicha solicitud, Espinosa dijo que “no se estaba pidiendo que se asegurasen todos los bienes del Estado”.
Tras la presentación de los descargos, la Comisión sustentará, en cinco días, un informe en el que determinará si existen o no las causas para iniciar un juicio político.