La Asamblea inició trámite de Ley de Datos sin su proponente

La Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional inició hoy, miércoles 5 de octubre del 2016, el trámite de la denominada Ley de Protección de Datos sin la comparecencia de la presidenta Gabriela Rivadeneira, proponente de la iniciativa.

Mediante un oficio, Rivadeneira se excusó de no acudir al llamado de la instancia legislativa. Mauro Andino, presidente de la Comisión, aclaró que se trató de un motivo “de fuerza mayor”.

En su representación asistió Marcelo Bonilla, asesor de la Presidencia de la Asamblea Nacional. Antes de su intervención, Andino aclaró que este proyecto no busca proteger datos de los funcionarios públicos: posibilidad que han barajado varios expertos.

Bonilla argumentó que la propuesta no bloquea el derecho de las personas al acceso a la información pública que consagra la Constitución y todo lo que está detallado en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Aclaró que el proyecto está orientado a la protección de la esfera de la intimidad y la privacidad de la persona. Dijo, además, que actualmente empresas públicas y privadas manejan millones de datos personales.

“Hay que entender que el mal uso de la información pondría en riesgo la esfera de la intimidad y la privacidad de las personas, es decir, llevar a un estado de vulnerabilidad de esa esfera cuyo centro sería el derecho a la intimidad”, explicó.

También compareció Gonzalo Navarro, director Ejecutivo de la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI) quien resaltó la potencialidad del proyecto que se tramita en la Legislatura.

El experto precisó que Internet constituye la quinta economía del mundo. Solo en 2016 generó USD 4,2 trillones. “Los datos bien administrados permitirán el desarrollo de un país como un motor de innovación”, agregó.

Al referirse a la prohibición de transferencia de datos personales de cualquier tipo a países u organismos internacionales que no garanticen niveles de protección de datos conforme las normas de derecho internacional o regional en la materia, solicitó que en el artículo 21 del proyecto se aumente.

“Cuando la transferencia sea necesaria para la ejecución de un contrato entre el titular y el responsable del tratamiento o para la ejecución de medidas precontractuales siempre y cuando se cuente con la autorización del titular”.

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